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arrowonly.JPG (2018 bytes) Informe Anual sobre las Violaciones de los Derechos Sindicales.

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ÁFRICA

Introducción



ARGELIA

BENIN

BOTSWANA

BURUNDI

CABO VERDE

CAMERÚN

CÔTE D'IVOIRE

CHAD

DJIBOUTI

EGIPTO

ETIOPÍA

GHANA

GUINEA-BISSAU

GUINEA ECUATORIAL

KENYA

LESOTHO

LIBIA

MADAGASCAR

MALAWI

MARRUECOS

MAURICIO

MAURITANIA

NAMIBIA

NÍGER

NIGERIA

REPÚBLICA CENTROAFRICANA

REPÚBLICA DEMOCRÁTICA DEL CONGO

SENEGAL

SUDÁFRICA

SUDÁN

SWAZILANDIA

TANZANIA

TOGO

TÚNEZ

UGANDA

ZAMBIA

ZIMBABWE


ÁFRICA

Introducción

Los trabajadores/as de la mayoría de los países africanos continúan pagando el costo de una crisis de deuda de la que no fueron en absoluto responsables. El desempleo sigue en aumento, mientras las privatizaciones y las reducciones de los gastos públicos hacen que haya más y más despidos en gran escala, a menudo sin indemnización, mientras los programas de ajuste estructural imponen congelamiento de salarios a trabajadores cuyos salarios ya son míseros.

En Zambia, los trabajadores del sector público tuvieron que hacer frente a congelamiento de salarios y planes para despedir a decenas de miles de trabajadores. Cuando el ZCTU pidió que se entablaran conversaciones, el gobierno amenazó al sindicato con retirarle la personería jurídica. En Níger, el gobierno respondió a las huelgas del sector público con las que se reclamaba el pago de salarios arguyendo que tenía que cumplir un estricto programa de ajuste estructural y que sería una cobardía de su parte dar un paso atrás en las reformas a cambio de una conveniencia a corto plazo. No importaba que los trabajadores no tuvieran qué comer.

Los sindicatos únicos y controlados por el estado son casi una cosa del pasado, aunque los sindicatos independientes continúan estando proscritos en Libia, Sudán, Egipto y Guinea Ecuatorial. En otros lugares se sigue tratando con desconfianza a los sindicatos, como ocurre en Malawi, donde el gobierno pretendió que otras organizaciones los utilizaban para provocar descontento social.

En Zimbabwe, se degradó la situación de respeto de los derechos sindicales y de las libertades civiles. Se acusó al ZCTU de ser una marioneta de la comunidad blanca y a finales del año hubo informes según los cuales las fuerzas de seguridad estaban investigando porque se sospechaba que recibía fondos del extranjero. En Etiopía, el sindicato de docentes sigue siendo objeto de repetido hostigamiento y su líder, Taye Woldesmiate, llevaba ya tres años en la cárcel. En Swazilandia se continuó hostigando duramente a los dirigentes sindicales.

Los gobiernos continúan imponiendo limitaciones legales sobre muchos derechos sindicales. La represiva ley de relaciones laborales de Swazilandia continuó en vigencia a pesar de que se introdujeron enmiendas con ayuda de la OIT. En muchos países, el derecho de sindicación en el sector público está limitado. En Lesotho, por ejemplo, se prohibe a los empleados públicos formar sindicatos y lo mismo ocurre con todos los trabajadores de los servicios públicos de Etiopía. La negociación colectiva también se ve socavada en el sector público, en algunos casos porque los gobiernos fijan los salarios de manera unilateral. En el sector público, la sindicación y la negociación colectiva - cuando existe - se enfrenta a la resistencia de los empleadores. El derecho de huelga con frecuencia no existe en los servicios públicos -ampliamente definidos- y, en general se lo obstaculiza imponiendo engorrosos trámites para que se autorice una huelga.

En las zonas francas de exportación, los gobiernos siguen demasiado ansiosos de atraer inversores extranjeros por lo que o bien exceptúan a las zonas de toda legislación laboral como ocurre en Zimbabwe o simplemente no proporcionan los recursos humanos necesarios para hacerla aplicar. Tal es el caso principalmente de Lesotho, Kenya, Madagascar, Malawi y, en menor medida, Mauricio.

Es de lamentar que en África siga siendo cosa habitual que cuando los sindicatos deciden finalmente que es hora de tomar medidas, de protestar por despidos, congelamiento de salarios o atrasos salariales, la respuesta característica sea la represión e incluso la violencia. En Kenya se utilizaron policías armados para dispersar a 400 enfermeras y enfermeros que manifestaban, para golpear a trabajadores bancarios en huelga y se lanzaron granadas de gases contra una concentración de docentes. También se envió la policía a atacar a huelguistas en Burundi, Djibouti y Egipto, para mencionar tan sólo unos pocos. En Zimbabwe se declararon ilegales las huelgas nacionales durante seis meses.

También hubo muertes. Durante un conflicto salarial en Lesotho una mujer resultó muerta a balazos por la policía mientras que en Zambia dos trabajadores corrieron la misma suerte cuando una manifestación degeneró en violencia. Todo lo que pedían era que se les pagaran sus salarios. También en Zimbabwe murió un joven de un balazo durante una protesta. En Swazilandia, Mxolisi Mbata, antiguo tesorero del SFTU y confinado a una silla de ruedas, murió a consecuencia de las heridas recibidas cuando la policía lo golpeó en 1997. En Marruecos se publicó un informe oficial mostrando que diversos sindicalistas habían muerto en la cárcel.

Sin embargo, no todo han sido malas noticias. Las cosas estaban mejorando en Nigeria donde, después de la muerte del General Abacha en junio, fueron liberados diversos dirigentes sindicales, entre ellos Frank Kokori y Milton Dabibi, pertenecientes a NUPENG y PENGASSAN respectivamente, los sindicatos fueron liberados del control gubernamental y se enmendaron o revocaron duras leyes antisindicales. En Tanzanía se puso término al sistema de sindicato único y en Namibia se llegó a un acuerdo tripartito para mejorar sus leyes laborales. Aunque Sudáfrica aparece por primera vez en el Informe desde sus elecciones democráticas, el marco general de las relaciones laborales y los derechos sindicales continúa siendo satisfactorio.

No obstante, a pesar de estos pequeños destellos de esperanza, todavía queda un muy largo camino por recorrer para llegar al verdadero respeto de los derechos sindicales en África.

Los sindicatos esperan con ansia el día en que los gobiernos envíen negociadores en lugar de policías antidisturbios.

 

ARGELIA

CAPITAL: Argel POBLACIÓN: 28.800.000 Convenios de la OIT ratificados: 29-105-87-98-100-111-138

Los sindicalistas sufrieron pérdidas de empleo, violencia e intimidación. Las trabajadoras fueron blanco de grupos islámicos fundamentalistas armados.

Violencia

La violencia entre grupos integristas islámicos armados y las fuerzas de seguridad del gobierno ha costado de nuevo la vida a muchos trabajadores/as y afiliados sindicales. Los grupos islámicos con frecuencia tomaron como blanco a las trabajadoras, sencillamente porque iban al trabajo -declarando que ello va en contra de los valores islámicos.

 

Estado de emergencia

El estado de emergencia en vigor desde 1992 permite al ministro del Interior requisar trabajadores durante una huelga no autorizada o ilegal, ordenar el cierre temporal de los lugares de reunión y prohibir reuniones que pueden perturbar la paz o el orden público.

 

Restricciones legales

Un decreto de 1992 dispone una condena de cadena perpetua para toda acción que "obstruya el funcionamiento de los establecimientos que suministran servicios públicos" o "impidan la circulación de la libertad de movimiento en los lugares públicos o autopistas". El gobierno declaró que estas condenas no se aplicaban a los sindicatos.

La legislación laboral prohíbe a los sindicatos asociarse con los partidos políticos y recibir fondos de fuentes extranjeras. Los sindicatos que violen la legislación pueden ser suspendidos por el gobierno y disueltos por los tribunales.

El derecho a huelga está restringido por largos procedimientos previos a la huelga, incluyendo 14 días de conciliación obligatoria, mediación o arbitraje obligatorios. Si no se llega a un acuerdo mediante el arbitraje, los trabajadores pueden ir a huelga mediante una votación secreta. El ministro de Trabajo puede poner fin a una huelga remitiéndola a la Comisión de arbitraje aunque el gobierno afirma que nunca se ha dado este caso.

 

Pérdida de empleos

Miles de trabajadores/as han perdido sus puestos de trabajo en los últimos dos años debido a los cierres de las fábricas estatales y los cierres en el marco de las políticas de ajuste estructural. En 1998, se celebraron muchas huelgas debido a la pérdida de empleos, compensaciones inadecuadas, por no consultar a los sindicatos y para reclamar el pago de salarios atrasados. Cuando la central sindical nacional UGTA amenazó con convocar huelgas a nivel nacional en dos ocasiones, el gobierno trató de alguna manera de satisfacer sus demandas.

 

Huelga de los trabajadores postales declarada ilegal

El 16 de noviembre, el sindicato de trabajadores de correos y telecomunicaciones afiliado a la UGTA hizo huelga para protestar por los salarios y las prestaciones.

Un tribunal declaró la huelga ilegal y ordenó a los trabajadores que volvieran a sus puestos de trabajo. El sindicato afirmó que iba a apelar en contra de la decisión y continuó la huelga.

El 18 de noviembre, las autoridades ordenaron a los dirigentes sindicales que devolvieran sus viviendas propiedad del Estado. La huelga fue anulada el 24 de noviembre, después de que el Ministerio de Telecomunicaciones amenazó a los trabajadores con despedirlos si no volvían a su puesto de trabajo y envió miles de cartas de despido. A principios del año, el sindicato informó sobre amenazas e intimidación por parte del Ministerio la víspera de la huelga.

BENIN

CAPITAL: Porto Novo POBLACIÓN: 5.563.000 CONVENIOS DE LA OIT RATIFICADOS: 29-105-87-98-100-111

El nuevo código laboral ha mejorado la situación, pero los sindicatos de Benin señalan que también ha facilitado el despido de trabajadores/as para los empleadores.

Nuevo código laboral

La Asamblea Nacional de Benin adoptó el nuevo código laboral en enero de 1998. Los sindicatos dijeron que ello había traído algunas mejoras pero que no resolvía todos los problemas planteados con el antiguo código.

El código exige que los sindicatos entreguen sus estatutos al Ministerio del Interior. Se trata de un requisito para la inscripción jurídica de un sindicato, y su incumplimiento se castiga con una multa.

El nuevo código también le concede mayor libertad a los empleadores para despedir por motivos «válidos» a trabajadores/as, que no pueden apelar, y para imponer horas extraordinarias sin necesitar el acuerdo de las autoridades de inspección del trabajo.

El derecho de sindicación de los marineros no se respeta.

 

Restricciones al derecho de huelga

La legislación actual contiene numerosas restricciones al derecho de huelga. La definición de los servicios esenciales, en los que están prohibidas las huelgas, es sumamente amplia. Las autoridades pueden declarar ilegal una huelga y obligar a los huelguistas a regresar al trabajo para mantener los servicios mínimos. Se ha redactado un anteproyecto de ley sobre el derecho de huelga que enmendaría estas disposiciones.

 

Hostilidad del sector privado hacia los sindicatos

En el sector privado, y especialmente en hoteles que forman parte de grandes cadenas, se sigue presenciando una hostilidad en contra de los sindicatos, y los sindicalistas son víctimas de intimidaciones o incluso son despedidos. Los sindicatos dijeron que, en virtud a la ley, si se hacen falsas alegaciones con respecto al comportamiento de un empleado, resulta muy fácil despedir a los miembros de un sindicato.

BOTSWANA

CAPITAL: Gaborone POBLACIÓN: 1.484.000 CONVENIOS DE LA OIT RATIFICADOS: 29-105-87-98-100-111-138

La ley contiene las restricciones sobre los derechos sindicales que incluyen una prohibición de responsables sindicales a tiempo completo.

Prohibición de responsables sindicales a tiempo completo

En Botswana no hay responsables sindicales a tiempo completo. Los sindicalistas electos deben trabajar a tiempo completo en la industria o el sector que representa el sindicato.

 

Restricción del derecho de sindicación

Los empleados/as públicos y los docentes no pueden pertenecer a sindicatos aunque pueden pertenecer a asociaciones con derechos de negociación restringidos. Los trabajadores/as agrícolas y domésticos no están cubiertos por la ley sindical y no pueden pertenecer a sindicatos o negociar colectivamente.

 

Complejos procedimientos de huelga

Los trabajadores/as pueden hacer huelga, pero nunca ha habido una huelga legal en Botswana debido a lo complejo y largo de los procedimientos previos a la huelga que deben cumplir los sindicatos. Las huelgas de solidaridad están prohibidas.

 

Poderes del ministro y del registro

El ministro de Trabajo y el Registro de Sindicatos tienen poderes amplios y discrecionales sobre los asuntos sindicales.

El ministro de Trabajo debe aprobar la afiliación a sindicatos internacionales aunque si no se otorga el permiso los sindicatos pueden apelar a los tribunales. Debe dar su consentimiento para que los sindicatos se fusionen o formen una federación y puede nombrar a los funcionarios que asistirán a reuniones sindicales. El ministro puede disolver sindicatos si sospecha que sus asuntos no son tratados apropiadamente y puede nombrar el Comisionado Laboral para dirigir los asuntos de un sindicato durante el período que considere necesario.

El Registro puede negarse a registrar un sindicato; puede cancelar el registro de un sindicato si "el sindicato no cumple efectivamente con la protección y promoción de los intereses de sus miembros"; y puede evaluar o investigar al tesorero de un sindicato.

BURUNDI

CAPITAL: Bujumbura POBLACIÓN: 6.221.000 CONVENIOS de la OIT ratificados: 29-105-87-98-100-111

Durante 1998, se reprimió violentamente una huelga de empleados bancarios.

Intervención de la policía

El 31 de marzo, la policía de seguridad pública dispersó a un grupo de empleados bancarios en huelga con gases lacrimógenos y porras. Una afiliada embarazada se desmayó.

El sindicato del Credit Bank de Burundi en la capital, Bujumbura, hizo huelga para reivindicar mejores condiciones de empleo, especialmente, el derecho a disponer de tiempo libre para cuidar a un familiar enfermo.

El sindicato afirmó que había seguido todos los procedimientos estipulados por la legislación antes de hacer la huelga, incluido el aviso de huelga requerido.

CABO VERDE

CAPITAL: Praia POBLACIÓN: 396.000 Convenios de la OIT ratificados: 29-105-87-98-100-111

La OIT ha criticado al gobierno por no fomentar la negociación colectiva libre durante varios años.

Negociación colectiva limitada

En Cabo Verde existe muy poca o ninguna negociación colectiva. Recientemente, el gobierno fue incapaz de proporcionar a la OIT ni un solo ejemplo de que se haya firmado un convenio colectivo.

 

Se resolvió el conflicto sobre las propiedades sindicales

Un conflicto de siete años sobre la propiedad del Centro Social Primero de Mayo quedó resuelto cuando un fallo judicial estipuló que pertenecía a la central sindical nacional UNTC-CS -devolviéndola así a su legítimo propietario.

El Centro fue construido para la UNTC-CS mediante fondos internacionales de solidaridad sindical e incluía las oficinas sindicales y el espacio para instalaciones educativas y recreativas.

Las autoridades confiscaron las llaves de una parte del centro en diciembre de 1991 y las entregaron a un sindicato disidente que posteriormente creó una nueva organización sindical nacional y reclamó la copropiedad del edificio de la UNTC-CS. También fueron confiscados dos vehículos del sindicato.

La UNTC-CS llevó el asunto ante los tribunales y, en 1992 en un fallo provisional, el tribunal ordenó al grupo disidente que abandonara la parte en conflicto del centro y ordenó que fuera cerrado. Posteriormente, un fallo judicial cerró el caso con un tecnicismo legal, sin resolver la cuestión de la propiedad. La UNTC-CS interpuso una apelación que quedó pendiente durante varios años mientras algunas partes del centro empezaban a deteriorarse gravemente.

El fallo judicial sobre la propiedad intervino a principios de noviembre de 1998. A finales del año, la UNTC-CS estaba esperando para ver si no se interponía una apelación en contra de la decisión ante el Tribunal Supremo.

 

No se consultó a los sindicatos

Los periodistas miembros del sindicato SITTHUR, afiliado a la UNTC-CS, en los periódicos estatales sobre asuntos sociales: Novo Jornal Cabo Verde y CABOPRESS, organizaron una reunión pública el 23 de febrero. El gobierno había anunciado el cierre de ambas publicaciones y la apertura de una nueva sin informar a los trabajadores/as sobre las consecuencias de este cambio en sus puestos de trabajo. El sindicato informó por escrito a la policía sobre la reunión pública con bastante antelación.

 

Represión de la manifestación

Cuando la reunión iba a empezar, la policía trató de detenerla declarando que las reuniones públicas sólo podían tener lugar después de las 18.00 horas. Destruyeron los carteles y banderas que llevaban los afiliados sindicales. Aunque la reunión era legal, los sindicalistas decidieron no continuar y en su lugar entregaron un mensaje al Viceprimer Ministro.

 

Dirigentes sindicales detenidos

Después de entregar el mensaje en la oficina del Viceprimer Ministro, dos dirigentes sindicales, Carlos Lopes y Juliao Varela, fueron detenidos e inmediatamente encarcelados. Cinco horas más tarde fueron llevados ante los tribunales. El tribunal los dejó irse con la condición de que debían presentarse a la policía cada semana y aplazó la audiencia hasta una fecha ulterior.

CAMERÚN

CAPITAL: Yaundé POBLACIÓN: 13.560.000 Convenios de la OIT ratificados: 29-105-87-98-100-111

Por ley se requiere que un ministro de Gobierno dé autorización previa antes de que pueda existir legalmente un sindicato de empleados públicos.

Restricciones con las que se ven confrontados los empleados/as públicos

En virtud de una ley de 1968, los sindicatos o las asociaciones profesionales de empleados públicos deben recibir para ser inscriptos la autorización del ministro de Administración Territorial.

Un decreto de 1969 estipula que los sindicatos o las asociaciones profesionales de empleados públicos tengan aprobación de las autoridades antes de afiliarse a federaciones internacionales, aunque en la práctica esta disposición ha sido a menudo ignorada.

 

Se le niega el registro al sindicato de docentes

Desde 1991, el gobierno se niega a registrar el Sindicato Nacional de Docentes de Educación Superior SYNES. Asimismo, se ha negado a registrar otros sindicatos de empleados públicos, en particular los docentes. Durante varios años, el gobierno ha estado diciendo a la OIT que se ha elaborado un proyecto de ley sobre los sindicatos de empleados públicos que será presentado a la Asamblea Nacional.

 

Proceso por no registrar un sindicato

Según el Código de Trabajo de 1992, los miembros fundadores de sindicatos tanto en el sector público como privado pueden ser procesados si no registran un sindicato.

 

Zonas francas

Las leyes de 1991 sobre zonas francas de Camerún exceptuaban a los empleadores de ciertas disposiciones del Código de Trabajo pero establecían que los términos y condiciones de empleo deben ser consistentes con los derechos de los trabajadores aceptados internacionalmente. La central sindical nacional CCTU afirma que los sindicatos se ven negado el acceso a las empresas de las zonas francas.

 

Interferencia en asuntos sindicales

El gobierno de Camerún interfiere en los asuntos sindicales internos desde fines de 1993 cuando el CCTU se opuso a las medidas de austeridad económica que habían sido acordadas con el FMI. El objetivo del gobierno era socavar la cúpula directiva electa del CCTU y las actividades de la central nacional. El gobierno favoreció en 1995 la formación de una central nacional rival, la USLC en 1995.

La interferencia finalmente provocó una división en el CCTU en su congreso a fines de 1997 cuando dos facciones reclamaron el liderazgo de la organización. El Ministerio de Trabajo decretó que ninguna de las facciones podía ser reconocida, afirmando que se debían celebrar nuevas elecciones de conformidad con las reglas internas del CCTU.

A fin de año el CCTU seguía dividido y el gobierno implementaba su política de privatización.

CÔTE D'IVOIRE

CAPITAL: Yamoussoukro POBLACIÓN: 14.015.000 Convenios de la OIT ratificados: 29-105-87-98-100-111

La policía atacó la sede sindical para impedir une protesta pacífica

Protesta pacífica

En la capital Abidján, sindicalistas despedidos de la CARENA, empresa de reparación de buques y de obras industriales, organizaron una protesta pacífica el 4 de febrero para llamar la atención de las autoridades sobre su situación.

En la víspera de la marcha, los trabajadores pasaron la noche en la sede de la central sindical nacional, Dignité.

 

Ataque policial

A las tres de la madrugada, la policía atacó el edificio utilizando porras y gases lacrimógenos, para eliminar a los trabajadores e impedir que siguieran adelante con la marcha. Varios trabajadores/as resultaron heridos, uno de ellos gravemente. La policía rompió las ventanas y ocupó el local durante una semana.

 

Huelguistas despedidos

El conflicto en CARENA había empezado en 1996 cuando los trabajadores hicieron huelga para apoyar su reivindicación de que se aplicara un nuevo escalafón salarial en el sector de los astilleros. Aunque se llegó a un acuerdo, la dirección no lo puso en aplicación. Tras una huelga en marzo de 1997 que había sido declarada ilegal por el gobierno, se impidió a los trabajadores que ingresaran en la planta y la policía utilizó gases lacrimógenos para dispersar a los huelguistas y permitir que la dirección contratara a rompehuelgas. Fueron despedidos trescientos trabajadores/as y 14 delegados sindicales.

 

El Código laboral otorga insuficiente protección

El código laboral de 1995 no protege adecuadamente a los trabajadores contra actos de discriminación antisindical o contra interferencias de las organizaciones patronales.

CHAD

CAPITAL: N’djamena POBLACIÓN: 6.515.000 Convenios de la OIT ratificados: 29-105-87-98-100-111

Aunque el Código Laboral de 1996 puso fin a violaciones de derechos sindicales de larga data, se mantuvo en vigor una ley que estipula la necesidad de autorización previa del ministro del Interior antes de poder crear una asociación.

Autorización previa

Una ordenanza de 1962 que requiere autorización previa del ministro del Interior antes de poder crear una asociación seguía en vigor en 1998.

El gobierno ha aplicado esta ley a los sindicatos en varias ocasiones, a pesar de garantizar repetidamente que los sindicatos sólo estarían regidos por el código de trabajo. Los dirigentes sindicales corren el riesgo de un año de prisión por incumplimiento.

La ordenanza permite la disolución administrativa inmediata de una asociación y las autoridades son las encargadas de supervisar los fondos de las asociaciones. En 1996 el gobierno dijo que había elaborado una enmienda que especificaba que la ordenanza no se aplicaba a los sindicatos y la había presentado al ministerio del Interior y de Seguridad.

 

Negociación

El ministro de Trabajo puede opinar sobre un convenio colectivo y pedir que se reinicien las negociaciones.

DJIBOUTI

CAPITAL: Djibouti POBLACIÓN: 617.000 Convenios de la OIT ratificados: 29-105-87-98-100

El gobierno continuó su feroz represión contra los sindicatos de Djibouti. No cumplió las promesas expresadas a una misión de la OIT de que entablaría conversaciones con la UDT/UGTD y enviaría una delegación a la Conferencia anual de la OIT por primera vez en varios años.

No se reintegraron los dirigentes sindicales despedidos

Nueve dirigentes sindicales que habían sido despedidos después de una huelga, en septiembre de 1995, todavía no habían sido reintegrados en sus cargos hacia finales de 1998. La huelga, organizada por la Asociación Intersindical de las centrales sindicales nacionales UDT y UGTD, protestaba en contra de las medidas de austeridad propuestas y sus probables efectos sobre los trabajadores, introducidas en el marco de un programa de ajuste estructural del FMI y el Banco Mundial. El gobierno se ha negado a discutir las medidas con los sindicatos.

Entre los dirigentes despedidos se encontraban Ahmed Djama Egueh, Presidente de la UDT, Aden Mohamed Abdou, Secretario General de la UDT, Kamil Diraneh Hared, Secretario General de la UGTD, y Mohamed Doubad Wais, Secretario General Adjunto de la UGTD y Secretario General del sindicato de correos y telecomunicaciones OPT, Habib Ahmed Doualleh, Secretario General del sindicato de trabajadores de la electricidad, y Abdillahi Aden Ali, un responsable de UDT/UGTD.

 

Una historia de represión

El despido de los dirigentes sindicales marcó el inicio de una persistente campaña antisindical por parte de las autoridades.

Después de la huelga de los docentes en enero de 1996 para protestar por el retraso del pago de sus salarios, muchos docentes fueron detenidos y despedidos de sus puestos de trabajo.

El gobierno estaba detrás de la creación de una nueva federación sindical en 1995, el Congreso Laboral de Djibouti, CODJITRA, así como de la organización sindical juvenil, CONJEUTRA, para minar los sindicatos auténticos.

En mayo de 1996, las fuerzas de seguridad cerraron las oficinas centrales de la UGTD.

Las cuotas sindicales del sindicato de correos y telecomunicaciones, OPT, y del sindicato de trabajadores de la electricidad, SEED, fueron congeladas.

Dos responsables del sindicato de docentes de la enseñanza primaria, SEP, fueron despedidos en 1996, incluido el Secretario General.

A principios de 1997, cinco responsables del sindicato de docentes de la enseñanza secundaria, SYNESED, fueron despedidos y suprimidos del registro de docentes después de las huelgas, durante el segundo semestre de 1996, para protestar por los salarios retrasados. Las huelgas fueron violentamente reprimidas. Muchos profesores pertenecientes al SYNESED y al SEP fueron detenidos y suspendidos de sus funciones. A los docentes suspendidos se les negó al acceso a las escuelas y se les prohibió organizar reuniones.

La huelgas de solidaridad con los cinco dirigentes del SYNESED despedidos fueron severamente reprimidas y cientos de docentes fueron enviados al campo de detención de Nagad.

El abogado que representaba a los sindicatos fue suspendido por las autoridades en 1997 y ningún otro abogado se ocupa de los casos de los sindicatos.

 

Promesas a la OIT

El 15 de enero de 1998, durante una misión de contacto directo de la OIT, el ministro de Trabajo acordó reintegrar las instalaciones de la UGTD a los sindicatos. El gobierno estuvo de acuerdo en entablar un diálogo con la UDT/UGTD y aceptó una invitación a la Conferencia anual de la OIT en Ginebra, en junio.

 

Ataque contra los trabajadores/as de salud pública en huelga

El 14 de marzo, los trabajadores de salud pública hicieron huelga para reclamar cinco meses de salario retrasados y las reducciones de las primas por cubrir las emergencias. El 18 de marzo, se amenazó a los huelguistas con ser despedidos a menos que retornaran al trabajo el 21 de marzo.

El 22 de marzo, bajo las órdenes del director del hospital, que también es miembro del parlamento, la policía atacó a unos 140 trabajadores de salud pública en huelga y los subió a camiones que los condujeron al campo de detención de Nagad, donde las condiciones son especialmente duras. Muchos resultaron lesionados. Un trabajador estuvo en coma.

El 23 de marzo, fueron deportados al campo otros 120 trabajadores/as en huelga. La policía los golpeó y luego los gaseó con gases lacrimógenos. Otros cinco fueron transferidos a la cárcel de Gabode. No se les permitió ver a un abogado, ni consultar a un médico. Fueron liberados el 25 de marzo.

 

Vigilancia de la policía

El 1 de mayo, las celebraciones tuvieron lugar bajo la estrecha vigilancia de la policía y el Ministerio del Interior prohibió las reuniones en frente de la sede de UDT/UGTD.

 

Incumplimiento de las promesas a la OIT

El gobierno se negó a permitir a los delegados de UDT/UGTD asistir a la Conferencia de la OIT en junio y éste tampoco asistió.

 

Interferencia en los asuntos sindicales

El 30 de septiembre, a instigación del ministro de Trabajo, el ministro de Transporte envió una circular directiva a los directores de varios sectores del transporte para indicarles que organizaran elecciones sindicales para renovar los comités ejecutivos de los sindicatos afiliados a la UDT y la UFTD.

El 25 de noviembre, llegaron oficiales de la policía para dirigir las elecciones sindicales en el Ministerio de Obras Públicas, Planificación urbana y Vivienda. Los trabajadores/as hicieron huelga y las fuerzas de seguridad votaron en lugar de los trabajadores.

 

Legislación restrictiva

La ley sobre Asociaciones, que exige que las asociaciones obtengan autorización antes de poder crearse, ha sido aplicada a los sindicatos.

El código laboral sólo permite a los nacionales de Djibouti ocupar cargos sindicales.

Un decreto permite al presidente requisar a los funcionarios de los servicios esenciales, cuya definición es muy amplia.

El gobierno continuó su proceso de revisión del código laboral de 1952 -de conformidad con su programa de ajuste estructural- consultando a los representantes de los empleadores, pero sin la participación de los sindicatos.

EGIPTO

CAPITAL: El Cairo POBLACIÓN: 63.300.000 Convenios de la OIT ratificados: 29-105-87-98-100-111

Egipto cuenta con un sistema de sindicato único.

Monopolio sindical

La legislación dispone un monopolio sindical. Concede a la central sindical nacional el control sobre el nombramiento de los cargos sindicales y los procedimientos de elección, así como sobre las finanzas sindicales. Especifica el monto de las cuotas que los sindicatos han de pagar a las federaciones y el monto de las cuotas que éstas han de pagar a la central nacional.

 

Restricciones en la ley

En Egipto, no se fomenta la negociación colectiva ni está adecuadamente protegida por la legislación.

Toda cláusula en un convenio colectivo que pueda perjudicar los intereses económicos o de seguridad del país queda invalidada.

El gobierno fija los salarios y otras condiciones de empleo en el sector público después de consultarlo con los sindicatos.

Los directores de empresas públicas no tienen que negociar con los sindicatos y el gobierno debe aprobar todo acuerdo en el sector.

Existe muy poca negociación colectiva en el sector privado.

No hay derecho legal de huelga, aunque éstas tienen lugar. Los trabajadores que hacen huelga pueden ser susceptibles de una condena de cárcel de hasta dos años. Ha habido acciones judiciales bajo el estado de emergencia vigente desde 1981.

Puede imponerse el arbitraje obligatorio a petición de una de las partes en las industrias definidas como servicios esenciales. Estos tienen una definición muy amplia. El Procurador General puede pedir a los tribunales que destituyan al comité ejecutivo de un sindicato de su cargo por provocar una huelga en los servicios públicos.

Una ley de 1993 denominada "ley sobre las garantías para la democracia", relacionada con las asociaciones profesionales sindicales, reglamenta estrechamente las elecciones en estas organizaciones, detallando los requisitos respecto al quórum, la duración de los cargos y los procedimientos electorales.

 

Huelgas en 1998

Ha tenido lugar un número creciente de huelgas durante 1998, en su mayoría relacionadas con el proceso de privatización, los recortes salariales y en las prestaciones que afectan a los trabajadores en las empresas estatales que presentan pérdidas, las jubilaciones forzosas, los despidos ilegales y las represalias en contra de los sindicalistas.

 

Intervención de las fuerzas de seguridad

Las fuerzas de seguridad a menudo intervienen en las huelgas para ponerles fin, provocando muchos accidentes y exacerbando los conflictos.

El 24 de febrero, cuando los trabajadores llegaron a la Spinning Company, en Mahla, se encontraron con que la fábrica había cerrado. Esto provocó choques con la policía en los que resultaron heridas 16 personas y 318 fueron detenidas.

Hubo un enfrentamiento entre los trabajadores y la policía en el departamento agrícola de Arment. Se utilizaron gases lacrimógenos contra los trabajadores luego que la administración rechazó la asignación de un terreno para construir viviendas.

Las fuerzas de seguridad utilizaron la violencia para acabar con una huelga el 5 de agosto, en la compañía agrícola El-Behria Agricultural Company en la que se reclamaban las pensiones no pagadas.

Hacia finales de agosto, los conductores de los microbuses en Giza hicieron huelga. Fueron detenidos cuatro conductores y remitidos a la seguridad del estado para ser investigados.

 

Se debate una nueva legislación

A principios de 1999, el parlamento estaba iniciando los debates con miras a una nueva legislación laboral unificada.

ETIOPÍA

CAPITAL: Addis-Abeba POBLACIÓN: 58.243.000 Convenios de la OIT ratificados: 87-98-111

El gobierno etíope continuó su brutal represión de todo sindicato que no se encuentre bajo su influencia o la de sus partidarios. El presidente de ETA sigue en la cárcel por tercer año consecutivo.

Dirigente de los docentes en la cárcel

Taye Woldesmiate, presidente de la Asociación de Docentes de Etiopía (ETA) sigue en la cárcel después de haber sido detenido en el aeropuerto de Addis Ababa, el 29 de mayo de 1996. No se presentaron acusaciones en su contra hasta el mes de agosto de 1996, cuando fue acusado de conspiración contra funcionarios gubernamentales de alto nivel. Se le negó la fianza. En febrero de 1997, se levantaron dos de los cargos más graves en su contra, pero permaneció en la cárcel en espera de la decisión respecto a la acusación restante de incitación a levantamiento armado.

En julio de 1997, en una audiencia de su caso, otros dos presos acusados de lo mismo dijeron que la policía había tratado de hacer que lo incriminasen. En octubre de 1997, otro preso con los mismos cargos dijo que había sido torturado para forzarlo a incriminar a Woldesmiate.

En julio de 1998, en una audiencia, afirmó que los guardias lo estaban hostigando y amenazaban con dispararle. El juez replicó que no tenía poder sobre la administración penitenciaria y le ordenó permanecer esposado hasta el 15 de septiembre cuando debía tener lugar su próxima audiencia. El 15 de septiembre el caso fue aplazado hasta el 28 de septiembre. Permaneció esposado.

 

Una historia de hostigamiento

El gobierno empezó a hostigar a ETA en 1993-94 cuando ayudó a un grupo sindical disidente a obtener el registro. En diciembre de 1994, el gobierno pasó por alto un fallo judicial que afirmaba que el Comité Ejecutivo dirigido por Taye Woldesmiate era la ejecutiva legítima del ETA. El juez que dio el fallo fue despedido poco tiempo después.

El grupo disidente interpuso una apelación y el tribunal cerró las cuentas bancarias del ETA. Durante una temporada, los servicios de seguridad y la policía cerraron todas sus oficinas regionales. Los haberes del sindicato fueron traspasados al grupo disidente. Se transfirieron miles de docentes. Treinta miembros del ETA fueron despedidos, incluyendo toda la cúpula directiva.

En mayo de 1997, un miembro del Comité Ejecutivo del ETA, Maru Assefa, fue asesinado por la policía cuando iba camino al trabajo.

 

Acontecimientos en 1998

A principios de 1998, el dinero de la cuenta bancaria congelada del ETA fue transferido a la organización disidente.

La apelación contra el fallo judicial en favor del ETA legítimo fue aplazada hasta el 20 de julio de 1998, para aplazarse de nuevo hasta el 20 de marzo de 1999. Se cree que los jueces estaban tratando de evitar el caso hasta que el ETA quedara totalmente destruido.

El 13 de agosto, 30 personas, miembros de la policía, las fuerzas de seguridad y el grupo disidente ocuparon las oficinas centrales de ETA, la sellaron y detuvieron a dos miembros de la Ejecutiva, Abate Angora y Awoke Mulugeta, durante siete horas. Dijeron a los arrendatarios del edificio del ETA que en adelante debían pagar el alquiler al gobierno y no al ETA.

El 20 de agosto, la policía interrumpió un grupo de trabajo de cuatro días ETA/Educación Internacional sobre la educación en Etiopía y comunicó a los participantes que no podían continuar. Sellaron la sala de reuniones del ETA. El grupo de trabajo continuó en un hotel en una atmósfera de inseguridad y temor.

El 17 de septiembre, la policía entró en la única oficina del ETA que permanecía abierta, una oficina local, y exigió que todo el equipo y los muebles fueran traspasados al grupo disidente. Tres miembros del Comité Ejecutivo, Shimales Zewdie, Abate Angore y Awoke Mulugeta que estaban celebrando una reunión, se negaron, y la policía los detuvo.

No se ha presentado ningún cargo en su contra a pesar de dos audiencias. Shimales Zewdie, que tenía tuberculosis, fue mantenido en una celda con diez a quince otros presos y se le negó que siguiera su tratamiento médico. La segunda vez que tuvo audiencia estaba demasiado enfermo para comparecer. Fueron liberados el 15 de octubre. ETA fue llevado a los tribunales el 20 de noviembre para justificar porqué no había transferido la propiedad.

La semana que empezó el 12 de octubre, el grupo disidente entró a las oficinas centrales del ETA y se puso a examinar los papeles y a retirar documentos. Todas las cerraduras fueron cambiadas para evitar que ETA entrara.

 

La central nacional bajo influencia gubernamental

En mayo de 1997, la central sindical nacional, CETU, fue registrada de nuevo por las autoridades después de celebrar un congreso de reestructuración, del 20 al 24 de abril. El último día del congreso, el Tribunal Supremo confirmó la decisión del Ministerio de Trabajo de 1994 que cancelaba el registro de la CETU original.

El gobierno había retirado el registro a la CETU hacia finales de 1994 debido a que se oponía a la política de ajuste estructural del gobierno.

Las oficinas centrales y las cuentas bancarias de la CETU fueron abiertas de nuevo. Se piensa que ha sido registrada de nuevo porque ahora se encuentra bajo la influencia gubernamental.

 

Dirigentes de una afiliada de la CETU derrocados en 1996

Los dirigentes electos de la Federación de Sindicatos de Comercio, Técnicos y de la Industria de las Artes Gráficas, afiliada a la CETU, fueron forzados a abandonar su cargo en 1996. En noviembre de 1996, los miembros del gobierno respaldados por la policía y agentes de seguridad entraron por la fuerza en las oficinas sindicales. El tesorero, Mulatu Gurmu, fue brutalmente atacado. En marzo de 1997, el vicesecretario del sindicato fue obligado a huir del país después de cuatro atentados contra su vida y varios allanamientos policiales de su domicilio durante la noche.

 

1998 - Hostigamiento contra el sindicato bancario y de seguros

En 1998, siguió el hostigamiento contra los afiliados de la CETU. La Federación Industrial de Sindicatos bancarios y de seguros (IFBITU) envió informes sobre la constante interferencia en los asuntos de sus sindicatos miembros. Afirmó que se había organizado una reunión en la filial de la Corporación Aseguradora de Etiopía en la que iban a nombrarse nuevos responsables sindicales. Sólo estaba presente una minoría de los afiliados sindicales. Una reunión semejante tuvo lugar en el Construction and Business Bank.

El 21 de septiembre, el presidente de la IFBITU, Abiy Melesse, fue obligado a jubilarse de la Corporación Aseguradora de Etiopía, en la primera ronda de recorte de empleos, a pesar de que la ley afirma que los dirigentes sindicales y las trabajadoras embarazadas deben ser los últimos en ser despedidos. Su contrato de empleo estaba en suspenso desde 1993 cuando fue elegido como responsable sindical a tiempo completo.

Su jubilación significa que ya no podrá continuar siendo presidente del sindicato en virtud de que la legislación dispone que los miembros y dirigente sindicales deben ser trabajadores en activo. Otros 60 miembros sindicales también perdieron su puesto de trabajo.

 

Legislación restrictiva

La legislación laboral etíope de 1993 prohíbe a los funcionarios gubernamentales que formen sindicatos o que se sindiquen, aunque la Constitución de 1994 les permite organizarse y negociar colectivamente. Los docentes y el personal médico también tienen prohibido sindicarse.

La legislación laboral prohíbe que los sindicatos actúen abiertamente en política.

Los servicios esenciales en las que están prohibidas las huelgas están ampliamente definidos e incluyen: el transporte aéreo, los ferrocarriles, limpieza y servicios sanitarios municipales, las plantas generadoras de electricidad, las estaciones de gasolina, las farmacias, el correo y las telecomunicaciones, bancos y el suministro de agua.El derecho a huelga está restringido por engorrosos requisitos previos a la huelga y puede imponerse un arbitraje obligatorio.

GHANA

CAPITAL: Accra POBLACIÓN: 17.832.000 Convenios de la OIT ratificados: 29-105-87-98-100-111

La legislación continúa restringiendo los derechos sindicales básicos.

Libertad de sindicación y negociación colectiva

La legislación concede al Registro de Sindicatos amplios poderes para negar el registro a un sindicato, que también puede negarse a reconocer un sindicato para fines de negociación si ya se ha emitido un certificado de negociación a un sindicato que represente a los trabajadores en la misma categoría.

Una legislación de 1985 prohíbe la negociación colectiva en la Comisión Nacional del Cacao sobre los despidos por exceso de mano de obra e impide que los sindicatos lleven los casos ante los tribunales. El gobierno afirmó que se han emprendido acciones para revocar esta legislación.

 

Derecho de huelga

Los largos procedimientos que es preciso cumplir antes de poder llevar a cabo una huelga significan que no ha habido huelgas legales desde la independencia.

La OIT ha expresado su preocupación respecto a la ley de 1994 sobre los poderes en caso de emergencia que podrían utilizarse para impedir la libertad de reunión y de organizar manifestaciones.

 

GUINEA-BISSAU

CAPITAL: Bissau POBLACIÓN: 1.091.000 Convenios de la OIT ratificados: 29-105-98-100-111

En 1998 se detuvieron a trabajadores del mar en huelga.

Detención de trabajadores en huelga

El 5 de enero, seis responsables del sindicato de trabajadores del mar, SINAMAR, fueron detenidos por haber hecho huelga por motivos salariales. Entre los detenidos figuraban el presidente del sindicato y miembro del secretariado nacional de la central sindical nacional UNGT, Joao Ca.

 

La policía antidisturbios

SINAMAR organizó una manifestación pacífica para pedir su liberación. La policía antidisturbios intervino con gases lacrimógenos para detener la manifestación. Lanzaron una granada de gases lacrimógenos a la entrada de las oficinas centrales de la UNTG donde los afiliados sindicales habían buscado refugio.

Los detenidos fueron liberados el 9 de enero con la condición de que se presentaran a la policía todas las semanas. En abril todavía no se les había imputado cargo alguno ni se había fijado fecha para el juicio.

GUINEA ECUATORIAL

CAPITAL: Malabo POBLACIÓN: 410.000 Convenios de la OIT ratificados: 100-138

En Guinea Ecuatorial se niegan todos los derechos sindicales básicos. En cuanto alguien participa en una actividad sindical independiente los agentes de seguridad toman inmediatamente medidas en su contra. No hay sindicatos en funciones.

Se niega el registro de un sindicato

La Unión Sindical de Trabajadores de Guinea Ecuatorial (UST), fundada en 1990, no ha sido registrada por el régimen y se le obliga a llevar a cabo sus actividades de manera clandestina.

El Sindicato Independiente de Servicios (SIS) solicitó por primera vez su registro a principios de 1995. Aunque la solicitud cumple con todos los requisitos exigidos por la Legislación Sindical de 1992, las autoridades se negaron a registrarlo objetando la palabra "independiente" que figura en el nombre del sindicato. También fueron rechazadas las solicitudes posteriores, en 1995 y 1996.

 

Intimidación policial

Los sindicalistas afirmaron que en cuanto presentaban una solicitud para pedir el registro de un sindicato, recibían la visita de los agentes de seguridad en sus domicilios.

 

Discriminación política para obtener un empleo

Siguen llegando informes de que los trabajadores/as deben ser miembros del partido en el poder para conseguir empleo, tanto en el sector público como en el privado.

En la industria petrolera, se contratan trabajadores para empresas tales como Mobil, Nomeco, Suberger, Incat Dragadas, y Sogeco a través de agencias gubernamentales. Las agencias suelen deducir hasta el 70% del importe que las compañías pagan como salario a los trabajadores. Asimismo, se seleccionan los trabajadores para asegurarse de que simpatizan con el régimen.

 

Legislación restrictiva

La legislación no reconoce el derecho a la negociación colectiva. La legislación no protege en contra de actos de discriminación antisindical y las huelgas están prohibidas.

KENYA

CAPITAL: Nairobi POBLACIÓN: 27.799.000 Convenios de la OIT ratificados: 29-105-98-138

Continúan negándose los derechos sindicales básicos a los funcionarios. En 1998, los afiliados sindicales fueron despedidos, golpeados y detenidos por hacer huelga.

Se niegan los derechos sindicales a los funcionarios/as

Los funcionarios del gobierno nacional, profesores universitarios, doctores y dentistas no pueden formar ni afiliarse a sindicatos. Sólo pueden pertenecer a asociaciones que no pueden celebrar negociaciones colectivas.

En 1980, el gobierno retiró el registro tanto al Sindicato de Funcionarios Civiles de Kenya como al Sindicato de Docentes Universitarios de Kenya. Asimismo, se niega a registrar al Sindicato de Médicos y Dentistas de Kenya.

El Sindicato de Trabajadores de la Fauna e Industrias Diversas de Kenya ha quedado sin registro desde 1995.

 

Vestigios legales del sistema de partido único

La legislación de 1965 que establece la central sindical nacional, COTU, permite al Presidente del país destituir a los tres principales dirigentes del sindicato.

El ministro de Trabajo y un representante del partido en el poder, KANU, son miembros sin derecho a voto de la ejecutiva de COTU, aunque en la práctica no se cumple con esta disposición.

En 1993, la central COTU enmendó sus estatutos para cortar sus vínculos institucionales con el gobierno, pero el gobierno se negó a registrar las modificaciones.

 

Excepciones para las zonas francas

En las zonas francas industriales se aplica la legislación laboral de Kenya, pero se han concedido muchas excepciones. Continúan llegando informes sobre violaciones de los derechos de los trabajadores/as en las zonas.

 

Restricciones legales al derecho de huelga

La legislación limita el derecho a huelga. Todos los conflictos deben someterse a la consideración del ministro de Trabajo. Un sindicato debe esperar 21 días antes de convocar huelga, durante ese tiempo los procedimientos de conciliación son obligatorios. El ministro puede determinar que no hay conflicto, después de lo cual la huelga es ilegal. También puede presentar un conflicto ante el tribunal laboral para imponer su arbitraje obligatorio.

En 1997, COTU presentó propuestas al gobierno para enmendar la ley laboral, especialmente respecto a los procedimientos de huelga. Hasta ahora no se ha hecho nada.

 

Huelgas de enfermeras

En 1998, continuó la huelga de 30.000 enfermeras de hospital que empezó hacia finales de noviembre de 1997 para protestar por los salarios y las condiciones de trabajo. Las enfermeras no habían recibido respuesta a su solicitud de registro del Sindicato General de Enfermeras de Kenya. La policía antidisturbios solía dispersar a las enfermeras que manifestaban en Naivasha y Nairobi. Se recurrió a estudiantes no cualificados para que atendieran a los pacientes.

El 6 de enero de 1998, el gobierno afirmó que había despedido a todas las enfermeras y al personal de los laboratorios médicos y científico que habían seguido la huelga. Se les comunicó que debían volver a solicitar su empleo. Las enfermeras consiguieron una orden del Tribunal Supremo que ordenaba poner fin a los despidos y les permitía quedarse en su residencia hasta que se inciara el proceso en el Tribunal Supremo.

 

Intervención de la policía

En Kitale, la policía armada dispersó a 400 enfermeras y personal de laboratorio que trataban de entrar al hospital.

El 22 de enero, un nuevo ministro de Salud inició conversaciones con las enfermeras antes de que comenzara el pleito en el Tribunal Supremo. La huelga se dio por terminada, pero el sindicato no fue registrado.

 

Huelga de los trabajadores bancarios

A finales de febrero, 12.000 miembros del sindicato de trabajadores/as bancarios, KUCFAW, hicieron huelga para protestar contra un impuesto introducido en sus préstamos e hipotecas -obtenidos de sus empleadores con intereses reducidos. El gobierno afirmó que la huelga era ilegal. Los bancos envueltos en el conflicto -Standar Chartered Bank, Kenya Commercial Bank, National Bank of Kenya y el Commercial Bank of Africa- despidieron a los huelguistas. El Standart Chartered Bank pidió los nombres de los empleados que hicieron huelga.

 

Huelguistas golpeados y detenidos

El 4 de marzo, 29 trabajadores bancarios en huelga, incluyendo el presidente del Sindicato de Delegados Sindicales de todos los bancos, Jacob Opiyo, fueron golpeados y arrestados cuando la policía disolvió su manifestación en Nairobi. Fueron llevados a la Comisaría central y posteriormente fueron liberados.

Los sindicatos de otros sectores amenazaron con unirse a la huelga. Después de que la central nacional COTU convocó a una manifestación de trabajadores para planear una huelga general, el gobierno revocó los aumentos de impuestos, el 4 de marzo. Todos los trabajadores fueron reintegrados a sus puestos y ninguno sufrió represalias.

 

Huelguistas despedidos

El 3 de agosto, los trabajadores bancarios hicieron huelga de nuevo debido a que volvieron a imponer un impuesto sobre los préstamos y otro impuesto sobre otras prestaciones complementarias. Los sindicatos bancarios anularon una huelga planeada para el 24 de julio para continuar las conversaciones con el gobierno. Sin embargo, el Ministerio de Trabajo canceló las conversaciones sin fijar una fecha próxima. El 5 de agosto, luego de hacer caso omiso de un ultimátum para volver al trabajo, los trabajadores fueron despedidos. Los empleadores declararon que contratarían sustitutos. El 17 de agosto, los trabajadores volvieron a sus puestos. Tuvieron que volver a solicitar su empleo y pasar un período de prueba.

 

Anulado el convenio salarial con los docentes

En junio, el gobierno declaró que la segunda fase del convenio salarial acordado después de la huelga de los docentes de 1997 tenía que ser negociado de nuevo debido a que no podría cumplirlo.

Un mes más tarde presentó un proyecto de ley que evitaría aplicar el convenio salarial de 1997. Concedía al ministro de Educación amplios poderes y dejaba sin fuerzas -y casi sin sentido- al Comité de Remuneración de los Docentes (TSRC). Previamente, el Ministro había sido obligado a poner en práctica las recomendaciones del TSRC. El proyecto de ley también modificaba la composición del TSRC para debilitar la representación sindical.

 

Huelga de los docentes

El sindicato de los docentes, KNUT, hizo huelga el 5 de octubre. El gobierno amenazó con despedir a los huelguistas. Policías armados sellaron las oficinas del KNUT en todo el país. El Jefe de la policía afirmó que había dado instrucciones a los oficiales de seguridad para evitar que los docentes acudieran a las oficinas del KNUT o celebraran cualquier tipo de reunión. La policía también tenía instrucciones de disolver las manifestaciones.

 

Trabajadores/as en huelga golpeados y arrestados

Diez profesores fueron detenidos en Nairobi y se les acusó de celebrar una reunión pública ilegal. El presidente del sindicato y el secretario general adjunto no pudieron entrar a sus oficinas. En Nairobi, las fuerzas de seguridad golpearon a los docentes con porras y garrotes, lesionando a muchos de ellos. Las manifestaciones fueron dispersadas en todo el país.

En una ocasión, 63 docentes fueron arrestados al mismo tiempo por celebrar una asamblea ilegal y perturbar el orden público. En Thikia, por lo menos diez profesores fueron lesionados con gases lacrimógenos. En Bonda, diez profesores fueron arrestados. En Isiolo, una veintena de docentes, estudiantes y residentes resultaron lesionados cuando la policía antidisturbios los atacó en el momento en que se retiraban. Un dirigente sindical y un profesor ciego resultaron heridos. En Migori, dos profesores fueron arrestados. En Kajiado, también fueron arrestados dirigentes sindicales y docentes.

 

Represalias contra sindicalistas

La huelga fue anulada el 20 de octubre y el conflicto fue llevado ante el Tribunal Laboral. Se dio a las partes hasta el 11 de noviembre para resolver el conflicto fuera de los tribunales. Los dirigentes sindicales y los directores de escuela sufrieron represalias. A muchos otros se les aplicaron medidas disciplinarias.

Hacia finales de octubre, se informó que el FMI había comunicado al gobierno que no podía aprobar un nuevo préstamo que le permitiría pagar la segunda fase del convenio salarial con los docentes.

 

Empresas de floricultura antisindicales

En Naivasha, el sindicato de trabajadores agrícolas, KPAWU, afirmó que las empresas de floricultura rechazaban persistentemente las solicitudes de permitir a los trabajadores ser representados por el sindicato. Entre más de cien empresas, sólo 24 han permitido que los trabajadores/as se afilien al KPAWU.

LESOTHO

CAPITAL: Maseru POBLACIÓN: 2.078.000 Convenios de la OIT ratificados: 29-87-98-100-111

El gobierno siguió demostrando no tener voluntad o ser incapaz de aplicar la legislación en las zonas francas industriales del país en donde los empleadores acosan a los sindicalistas y violan los derechos de los trabajadores/as. En febrero de 1998, la policía mató de un tiro a una trabajadora en huelga durante una huelga en una fábrica textil.

La policía dispara contra los huelguistas

El 13 de febrero, una trabajadora fue asesinada a tiros por la policía en el complejo industrial más importante de la capital de Lesotho, Maseru. Otros seis trabajadores tuvieron que ser llevados al hospital con lesiones.

Posteriormente, la policía culpó a un oficial de menor rango y declaró que "debían haberse utilizado gases lacrimógenos".

Los 2.800 trabajadores/as en una de las fábricas de ropa más grandes de Lesotho, Ha-Thetsane, propiedad de una compañía taiwanesa con sede en Sudáfrica, hicieron huelga debido a un conflicto salarial. El día de los disparos, los trabajadores/as habían pasado la noche en la fábrica hasta que fueron expulsados por una orden judicial a la mañana siguiente. Esto provocó un choque con la policía.

La compañía cerró la empresa y huyó pasando la frontera a Sudáfrica.

 

Los derechos sindicales y de los trabajadores ignorados en las zonas francas industriales

La legislación laboral de Lesotho se aplica en las zonas industriales del país en donde la mayoría de las empresas textiles fabrican para la exportación -sin embargo, los puestos de policía a la entrada de la zona detienen a los organizadores sindicales para que no entren. La mayoría de los inversores proceden de Sudáfrica, seguidos por Taiwán y Hong Kong. El Ministerio de Trabajo ha demostrado su falta de voluntad o su incapacidad para hacer aplicar la legislación en las zonas.

Los sindicatos afirman que los empleadores en las zonas atacan constantemente la organización sindical acosando a los organizadores e intimidando a los afiliados. Los activistas sindicales suelen ser despedidos y puestos en listas negras. Muchas de las empresas pagan menos del salario mínimo e imponen horarios de trabajo sumamente largos -a menudo encerrando a los trabajadores/as hasta terminar un pedido- incluyendo días feriados y fines de semana sin pago de horas extraordinarias. Niegan el permiso de enfermedad con goce de sueldo y constantemente aplican prácticas de despido injustificado. En muchas de las fábricas, se deduce una parte del salario de los trabajadores a los que se encuentra conversando o que utilizan los aseos más de una vez al día.

 

Restricciones legales

Una legislación de 1996 prohíbe a los funcionarios formar sindicatos o afiliarse. Esa legislación viola la constitución de 1993.

Se prohíbe a los docentes hacer huelga tomando como base una ley de 1995 que clasificaba la enseñanza como un servicio esencial.

Antes de poder hacer una huelga, es preciso cumplir con largos y engorrosos procedimientos, con el resultado de que desde la independencia, en 1996, no ha habido huelgas legales. Los trabajadores suelen ser despedidos por hacer huelga aunque no vayan en contra de la ley.

LIBIA

CAPITAL: Trípoli POBLACIÓN: 5.593.000 Convenios de la OIT ratificados:

Los sindicatos independientes están prohibidos en Libia y la central sindical está controlada por el gobierno.

No hay libertad de sindicación

La central sindical nacional está controlada por el gobierno y es administrada por el sistema libio de los "Comités del Pueblo".

Los sindicatos independientes están prohibidos. El gobierno afirma que éstos son "intermediarios entre la revolución y los trabajadores".

No se permite la afiliación a los sindicatos de los trabajadores/as extranjeros.

Los funcionarios, los trabajadores agrícolas y los trabajadores del mar tienen prohibida la negociación colectiva. El gobierno tiene que aprobar todos los convenios colectivos para asegurarse de que coinciden con los intereses económicos nacionales.

 

Falta de protección

Los trabajadores no están protegidos contra la discriminación antisindical en el momento de la contratación. Los funcionarios, los trabajadores agrícolas y los trabajadores del mar no están adecuadamente protegidos contra actos de discriminación antisindical en general.

En Libia no hay huelgas. Los funcionarios pueden ser encarcelados o sentenciados a trabajos forzados por hacer huelga. El presidente libio ha afirmado que los trabajadores pueden hacer huelga, pero que no lo hacen debido a que son ellos mismos los que controlan sus empresas.

MADAGASCAR

CAPITAL: Antananarivo POBLACIÓN: 15.353.000 Convenios de la OIT ratificados: 29-87-98-100-111

Aunque los derechos sindicales están reconocidos por la legislación, se niegan en las zonas francas industriales.

Se niegan los derechos del sindicato en las zonas francas

Más de 27.000 trabajadores en 200 zonas francas industriales no pueden ejercer su derecho legal a sindicarse ni a hacer huelga. Las autoridades son incapaces, o no están dispuestas a hacer cumplir la legislación laboral, a pesar de la presión que ejercen los sindicatos.

 

Empleados estatales

La OIT ha criticado y considera demasiado amplias las condiciones en las que la legislación permite al gobierno requisar los empleados estatales en huelga.

MALAWI

CAPITAL: Lilongwe POBLACIÓN: 9.845.000 Convenios de la OIT ratificados: 98-100-111

En 1998, las autoridades interfirieron en los asuntos del MTUC prohibiendo las reuniones públicas, las huelgas y las marchas. Los responsables sindicales fueron crecientemente discriminados.

Orden de la policía para cancelar la reunión del MTUC

El 24 de enero, la policía dispersó una reunión pública convocada por la central sindical nacional, el MTUC, sobre el alza de los precios y las condiciones de trabajo. La policía armada selló el lugar de reunión, Lilongwe Community Centre, y pidió que la reunión se cancelara. El MTUC había celebrado antes, el 17 de enero, otra reunión.

La policía ordenó al presidente de la central sindical nacional MTUC, Ken Mhango, al secretario general, Francis Antonio, y al secretario general adjunto, Chris Banda, acudir a la comisaría de Lilongwe donde el Inspector General de Policía y otros altos dirigentes y oficiales de la policía y el servicio de inteligencia afirmaron que tenían orden de cancelar la reunión por razones de seguridad. Les ordenaron que regresaran y dijeran a los trabajadores que se marcharan y les amenazaron con arrestarlos si la reunión continuaba.

Las autoridades argumentaron que el MTUC estaba siendo utilizado por otras organizaciones para provocar la agitación civil en Malawi. El Presidente de Malawi afirmó que los políticos de la oposición estaban utilizando el sindicato como un medio político y que no toleraría las actividades que pudieran crear inestabilidad en Malawi. En 1997, las autoridades suprimieron brutalmente una huelga de funcionarios públicos con el mismo pretexto.

El 20 de febrero, el Tribunal Supremo rechazó la solicitud del MTUC de un mandamiento judicial contra la orden de la policía de prohibir la reunión del 24 de enero, así como una reunión en Nzuzu planeada para el 8 de febrero. El MTUC introdujo demandas en contra de la policía y el Ayuntamiento de Lilongwe en enero.

 

Se declaró ilegal una huelga general

El MTUC convocó una huelga general para el 6 de mayo en apoyo a sus reivindicaciones salariales y como protesta por la introducción del IVA en los productos de consumo y las alzas de precios de los productos de primera necesidad. El gobierno afirmó que era ilegal y amenazó con arrestar a los dirigentes sindicales. Utilizó las ondas de la Radio Nacional para decir a los empleadores que despidieran a los trabajadores que hicieran huelga.

La huelga continuó. Los soldados patrullaron las calles de Blantyre, Lilongwe y Mzuzu.

El 10 de diciembre, el gobierno se negó a permitir una marcha del MTUC para presentar una petición al Presidente del país en Lilongwe el Día Internacional de los Derechos Humanos.

 

Hostilidad por parte de los empleadores

Los dirigentes sindicales experimentaron un mayor número de despidos debido a sus actividades sindicales. Muchos empleadores siguieron resistiéndose a la sindicación en los lugares de trabajo y despidiendo a los afiliados sindicales.

 

Fin del permiso sindical

En junio de 1998, la compañía Protea Malawi puso fin a un acuerdo celebrado en 1995 en el que concedía permiso con goce de sueldo a Kean Mhango, presidente del MTUC y también del Sindicato de Trabajadores de la Hotelería y la Restauración, para que trabajara en el sindicato hasta que se cumpliera el período de su cargo. No se dio ninguna razón.

 

Dirigentes sindicales despedidos

El presidente y el secretario general del Sindicato de Trabajadores de los Medios de Comunicación Electrónicos en la Malawi Broadcasting Corporation, Exvin Mwanbo y Alexander Mhango fueron despedidos el 24 de noviembre por coordinar una huelga para pedir un aumento salarial. También fueron despedidos otros once afiliados al sindicato. El gobierno influyó en el despido.

El 30 de noviembre, el tesorero general del MTUC, Joseph G.R. Guwende, fue despedido de su puesto en Bain Hogg Malawi Ltd. No se dio ninguna razón. El empleador había expresado anteriormente que no le gustaban sus actividades sindicales y le había pedido que eligiera entre el sindicato y su empleo.

En diciembre, el secretario general del Sindicato de Trabajadores de la Vivienda de Malawi, Oscar Kachisi, fue despedido después de protestar por haber sido transferido a Mzuzu en el norte, desde donde le sería muy difícil prestar servicios a los trabajadores/as.

Los miembros del Sindicato de Docentes de Malawi que también eran funcionarios de Educación de Distrito fueron despedidos por estar afiliados al sindicato.

 

Sector Público - El gobierno reticente a la negociación

El gobierno se negó a entablar conversaciones con el Sindicato de Funcionarios acerca de las profundas reformas y despidos colectivos que han tenido lugar en el sector público, aunque dio marcha atrás debido a la presión sindical internacional. Asimismo, se mostró reticente a entablar conversaciones con el Sindicato de Docentes para finalizar un proyecto de acuerdo de reconocimiento que el sindicato presentó en 1994.

 

Sector Privado - Se ignora la legislación laboral

En el sector privado, empleadores tales como Bain Hogg Malawi Limited, Cheshire Homes, Nzeru Radio Company y Encor Products Ltd., han ignorado la legislación laboral y se han negado a reconocer al Sindicato de Trabajadores Comerciales, Industriales y de Industrias Diversas. El Banco Nacional de Malawi abrogó un acuerdo con el sindicato sin seguir el procedimiento correspondiente.

Han llegado informes acerca de las malas condiciones de trabajo de los trabajadores agrícolas arrendatarios, especialmente en el sector del tabaco. Los terratenientes se niegan a negociar con el sindicato que representa a los trabajadores.

 

Zonas francas industriales

En Malawi se han establecido zonas francas industriales. Aunque la legislación laboral se aplica en las zonas y los sindicatos pueden trabajar en ellas, en la práctica ocurre lo contrario. Las condiciones de trabajo son malas.

 

Ley de relaciones laborales

La ley de relaciones laborales de 1996 entró en vigor en 1997.

MARRUECOS

CAPITAL: Rabat POBLACIÓN: 27.000.000 Convenios de la OIT ratificados: 29-105-98-100-111

Continúa la persecución de los sindicalistas, en particular en el sector privado que incluye despidos, violencia perpetrada por matones contratados por el empleador y acusaciones penales. Informes oficiales indican que hay sindicalistas que han muerto en la cárcel.

No hay protección en contra de la discriminación antisindical

El Código laboral de Marruecos no protege a los/las sindicalistas en contra de la discriminación antisindical por ejemplo en el momento de la contratación, ni tampoco protege a los sindicatos de actos de interferencia de parte de los empleadores, en particular respecto a la promoción de sindicatos dominados por el empleador.

 

Leyes de negociación inadecuadas

Las leyes de negociación colectiva marroquíes son inadecuadas: los salarios de muchos trabajadores/as son fijados por los empleadores. Muchos conflictos surgen a causa de que los empleadores no implementan los convenios colectivos.

A pesar de que en 1998 llegó un nuevo gobierno al poder, no se ha progresado en la revisión del Código de Trabajo. Tampoco ha habido ninguna mejoría en la aplicación de las disposiciones de las leyes laborales y de empleo en vigor.

 

Hostigamiento antisindical

En el sector privado, los sindicalistas son despedidos, multados y encarcelados por pertenecer a sindicatos, realizar actividades sindicales o hacer huelga. Los empleadores regularmente actúan en connivencia con la policía que a menudo recurre a la violencia contra los trabajadores/as huelguistas. Se pueden presentar -y frecuentemente es lo que ocurre- cargos penales en contra de los huelguistas por "retirarse del trabajo", a la vez que el gobierno raramente actúa contra los empleadores que se niegan a pagar el salario mínimo y los aportes a la obra social, cierran ilegalmente las fábricas o persiguen a los sindicalistas. Incluso la elección de la cúpula sindical en una empresa puede hacer que la dirección llame a la policía.

 

Sindicatos "amigos"

La UMT indicó que sus miembros en el sector público también sufrían discriminación, intimidación y sanciones arbitrarias. Se informó que se habían establecido sindicatos "amigos" en departamentos ministeriales.

 

Acción de protesta

Durante el año los sindicatos concretaron ocupaciones de fábricas en el sector textil:

En la empresa textil Societé Marco Allemande en Sale, los trabajadores comenzaron la ocupación el 14 de abril porque la dirección ignoraba completamente la legislación laboral.

En la fábrica ASTINEX en Temara los trabajadores/as empezaron una ocupación el 22 de abril porque el propietario había tratado de despedir ilegalmente a todos los trabajadores/as y transferir la maquinaria a una nueva empresa, AGZ, que había establecido en el mismo pueblo.

En Sameco, en Sale los trabajadores/as convocaron una huelga el 8 de julio a causa del comportamiento provocativo del propietario que incluía ataques físicos y el despido de un dirigente sindical. La policía mantuvo bajo vigilancia a los trabajadores/as. Los trabajadores se vieron privados de agua y electricidad durante la huelga.

El 15 de julio varios trabajadores/as resultaron lesionados por matones contratados por la empresa en la fábrica textil SOMATEX-MARTEX en Sale durante una ocupación fabril; dos de las mujeres que estaban embarazadas fueron llevadas al hospital en estado grave. El sindicato afiliado a la UMT estaba exigiendo el reconocimiento, pago del salario mínimo y pago de los aportes a la obra social. La dirección se negó a hablar con el sindicato a pesar de que el servicio de inspección laboral había reconocido la validez de sus reclamos y había tratado de alcanzar una reconciliación.

 

Las autoridades no actúan

La UMT presentó reclamaciones respecto a este conflicto y a otros a las autoridades en Rabat, Sale y Temara, que demostraron ser incapaces de, o no estar dispuestas a, hacer que los propietarios de las fábricas respeten la ley.

 

1400 dirigentes sindicales despedidos en años recientes

En julio, la UMT informó que las empresas seguían cerrando ilegalmente y reubicándose a fin de liberase de los sindicatos. Indicó también que en años recientes un total de 1400 dirigente electos habían sido despedidos a causa de sus actividades sindicales. Muchos dirigentes sindicales se veían confrontados con acusaciones penales por "retirarse del trabajo" después de convocar huelgas.

 

Muertes en la cárcel

En octubre de 1998, una entidad oficial, el Consejo Consultivo de Derechos Humanos publicó en la prensa los nombres de los prisioneros que habían muerto en la prisión de Tazmamart en las remotas montañas de Atlas. Entre ellos figuraban Hussein Manouzi un activista de la UMT que había desaparecido en noviembre de 1972. Entre las personas que habían desaparecido en circunstancias desconocidas y que habían sido pronunciadas oficialmente muertas, figuraba el líder de la UMT, Abdelhaz Rouissi que desapareciera en octubre de 1964.

MAURICIO

CAPITAL: Port Louis POBLACIÓN: 1.129.000 Convenios de la OIT ratificados: 29-105-98-138

Hay pocas posibilidades para la negociación colectiva en el sector público, y en las zonas francas sigue siendo particularmente difícil organizar a los trabajadores/as. Las autoridades siguen obstaculizando las marchas y manifestaciones públicas organizadas por los sindicatos.

Restricciones

La negociación colectiva libre está siendo socavada debido a que el gobierno fija los salarios en el sector público. Las huelgas legales son prácticamente imposibles debido a los largos procedimientos previos a una huelga y al arbitraje obligatorio. La legislación no protege adecuadamente a los sindicatos contra interferencias de los empleadores.

Los procedimientos previos a una huelga son muy largos, con lo cual la mayoría de las huelgas son ilegales. La ley de relaciones industriales autoriza que el primer ministro declare ilegal cualquier huelga si considera que «pone en peligro la economía».

 

Zonas francas - hostilidad contra los sindicatos

A pesar de que la legislación laboral se aplica en las zonas francas industriales, que cuentan con unos 85.000 empleados/as, sigue siendo difícil organizar a los trabajadores/as en estas zonas. La mayoría son mujeres jóvenes. Muchos empleadores, y especialmente los pequeños inversores del Este asiático, muestran su hostilidad a los sindicatos, intimidando o tomando represalias en contra de los trabajadores/as que quieren crear un sindicato o afiliarse a uno. En muchos casos se crearon comités de empresa controlados por el empleador. Los organizadores sindicales tienen dificultades para acceder a las instalaciones de muchas de estas empresas.

Prácticamente no existe la negociación colectiva en las zonas francas. Las Comisiones salariales estatutarias determinan los salarios después de recibir las delegaciones de representantes de los empleadores y de los trabajadores. La legislación laboral que se aplica a las zonas francas contiene cláusulas especiales relativas, por ejemplo, a las horas extraordinarias obligatorias o al trabajo obligatorio en los días oficialmente festivos.

 

Las autoridades impiden marchas públicas

Los sindicatos siguieron experimentando impedimentos por parte de las autoridades a la hora de organizar marchas o manifestaciones públicas. El 22 de julio, los sindicatos organizaron una marcha de protesta ante el Ministerio de Agricultura en la capital, Port Louis, para expresarse en contra del modo en que el ministerio trataba a sus empleados durante la reestructuración y la privatización. A pesar de que el sindicato había informado al Comisario de policía de la marcha, no recibió la autorización de llevar a cabo una protesta delante del ministerio.

En la víspera de la marcha, la policía cambió el itinerario previsto. El sindicato dijo que la policía secreta había estado intimidando a sus miembros a partir de la fecha en que se había anunciado la celebración de la marcha. El ministro de Agricultura llamó a algunos responsables de su ministerio encomendándoles que no dejaran que los empleados abandonaran su puesto de trabajo.

 

Hostigamiento

Los sindicatos de la enseñanza informaron sobre el hostigamiento constante desde hace varios años por parte del Ministerio de Educación acerca de las licencias para llevar a cabo actividades sindicales.

MAURITANIA

CAPITAL: Nouakchott POBLACIÓN: 2.333.000 Convenios de la OIT ratificados: 29-105-87-111

En 1998, se detuvo a varios dirigentes sindicales por manifestarse en favor de la liberación de los defensores de los derechos humanos.

Dirigentes sindicales detenidos

El secretario general de la central sindical nacional CLTM, Samory Ould Beye, y el responsable de la educación, Sid'Amed Ould Sulek, se encontraban entre las seis personas detenidas el 5 de febrero cuando participaban en una manifestación organizada por la oposición política en favor de la liberación de los defensores de los derechos humanos. Fueron puestos bajo arresto domiciliario aunque no se les levantaron cargos.

Los defensores de los derechos humanos fueron condenados el 12 de febrero y sentenciados a 13 meses de cárcel por contribuir a la preparación de un documental para la televisión realizado por "Canal France International" sobre la esclavitud en Mauritania.

 

Restricciones legales

Sólo los nacionales mauritanos pueden ejercer cargos sindicales. Puede imponerse el arbitraje obligatorio para poner fin a una huelga.

El gobierno ha estado prometiendo desde hace varios años promulgar un nuevo código laboral que acabe con estas restricciones.

NAMIBIA

CAPITAL: Windhoek POBLACIÓN: 1.575.000 Convenios de la OIT ratificados: 87-98

Los empleadores de la industria minera utilizaron tácticas para suprimir los sindicatos y tomaron represalias en contra de los dirigentes sindicales. A finales del año se celebró un acuerdo tripartita sobre la necesidad de revisar la legislación laboral de Namibia de 1992.

Acuerdo tripartito

Hacia finales del año, una reunión tripartita acordó que era necesario revisar la legislación laboral de 1992 para examinarla detenidamente. La central sindical nacional, NUNW, afirmó que la aplicación de la ley ha puesto de relieve varios puntos débiles y lagunas.

Había problemas específicos con los procedimientos de la resolución de conflictos y la NUNW afirmó que el funcionamiento de los tribunales laborales era ineficaz; incapaz de hacer cumplir los fallos; estaba a favor de los empleadores y tenía una acumulación de quejas sin resolver.

 

Ataques contra el sindicato en la industria minera

El sindicato de trabajadores mineros, MUN, declaró en marzo que Rio Tinto, la mayor compañía minera a escala mundial estaba empleando tácticas antisindicales en su mina de uranio Rossing. La empresa tomó represalias contra el presidente del comité ejecutivo local, Petrus Tjipute, dándole tareas que no coincidían con sus cualificaciones; asegurándose de que no cumpliera con su trabajo mientras se ocupaba de los asuntos sindicales y prohibiéndole utilizar el teléfono. La dirección de la empresa le dijo que sus actividades sindicales estaban perjudicando sus perspectivas de promoción. El sindicato afirmó que llevaría a la empresa ante los tribunales después de que las negociaciones para tratar de solucionar el asunto llegaron a un punto muerto.

Un mes antes, la empresa negó repentinamente un permiso especial a 22 trabajadores en la mina que debían asistir a un grupo de trabajo sobre higiene y seguridad organizado por la Federación Internacional de Trabajadores de la Química, Energía, Minas e Industrias Diversas (ICEM). La empresa afirmó que no podían ir debido a que la ICEM estaba tratando de envolver a los trabajadores en una campaña para desacreditar a Rio Tinto. Posteriormente, la empresa dio marcha atrás.

El MUN afirmó que la mayoría de las compañías extranjeras que tenían concesiones mineras en Namibia estaban violando la legislación laboral, especialmente negándose a entablar negociaciones con el sindicato y tomando represalias contra sus miembros.

 

Obstáculos a la sindicación

Si bien los trabajadores/as agrícolas y domésticos están cubiertos por la legislación laboral, la NUNW afirma que en la práctica encuentran enormes obstáculos para sindicar a estos trabajadores.

 

Huelgas prohibidas en las zonas francas

Las huelgas siguen estando prohibidas en la zonas francas industriales de Namibia. Se creó un jurado especial para resolver los conflictos en las zonas francas.

NÍGER

CAPITAL: Niamey POBLACIÓN: 9.465.000 Convenios de la OIT ratificados: 29-105-87-98-100-111-138

Continúan las huelgas en el sector público debido a que no se pagan los salarios desde 1996-97. El gobierno declaró que había pospuesto su pago debido a la situación financiera del país, prometió pagar regularmente en 1998.

Huelgas en el sector público

La central sindical nacional USTN encabezó dos huelgas de 48 horas en el sector público en enero para reclamar el pago retrasado de siete meses de 1996-1997, la anulación de los recortes salariales y los nuevos impuestos, la consulta de los sindicatos sobre la privatización, la reintegración de 14 trabajadores en la empresa minera de uranio Cominak en el norte del país, que habían sido arbitrariamente despedidos, y el restablecimiento del sindicato de aduanas SNAD que el gobierno había disuelto en marzo de 1997 después de una huelga para protestar por los salarios atrasados.

Durante el mismo mes, las fuerzas de seguridad rodearon las instalaciones de Cominak cuando los trabajadores hicieron una huelga de cinco días para apoyar a sus compañeros/as despedidos. El sindicato de docentes hizo una huelga de cinco días para protestar por los pagos salariales retrasados. En febrero y marzo, los sindicatos del sector público hicieron huelgas de 48 horas.

 

El gobierno se niega a dar marcha atrás

A principios de abril, el ministro de Finanzas declaró que el país tenía que seguir un severo programa de ajuste estructural y que sería una cobardía por parte del gobierno dar marcha atrás en las reformas por una conveniencia a corto plazo. Refiriéndose a las huelgas, declaró que un Estado no sólo estaba para pagar los salarios y que el gobierno no debería ceder a los "cantos de sirenas".

Las huelgas continuaron en abril y julio.

El sindicato de docentes boicoteó las clases cuando se inició el nuevo curso académico en octubre. Los salarios de agosto se pagaron a principios de noviembre. Hacia finales de noviembre y de diciembre, volvieron a hacer huelga para reclamar el pago de los salarios de septiembre y de octubre.

 

Crítica de la OIT

La OIT criticó una Orden jurídica de 1996 que estipulaba que los empleados estatales en huelga podrían ser requisados en casos excepcionales, a fin de preservar el interés general.

NIGERIA

CAPITAL: Abuja POBLACIÓN: 115.000.000 Convenios de la OIT ratificados: 29-105-87-98-100

A raíz de la muerte del jefe del Estado, General Abacha, en junio, se percibieron significativos avances en Nigeria en relación con los derechos sindicales. Los dirigentes sindicales fueron liberados de la cárcel y empezó a aminorar el control del gobierno sobre los sindicatos. Se revocaron o enmendaron decretos esencialmente antisindicales.

Control del gobierno

A principios de 1998, el Congreso Laboral de Nigeria (NLC), la central sindical nacional, y los sindicatos de trabajadores del petróleo, NUPENG y PENGASSAN todavía estaban siendo dirigidos por los administradores designados por el régimen militar.

El régimen instaló estos administradores en 1994, después de una huelga en la industria petrolera en julio y agosto de ese año dirigida por NUPENG y PENGASSAN y respaldada por la NLC, que convocó a una huelga general los días 3 y 4 de agosto de 1994. La huelga fue en protesta ante los numerosos problemas económicos y porque el régimen militar había anulado las elecciones generales de junio de 1993, que se creía habían sido ampliamente ganadas por Moshood Abiola.

Los comités ejecutivos del NLC, NUPENG y PENGASSAN fueron disueltos por el régimen a través de los decretos del 9 y 10 de agosto de 1994. Los decretos prohibieron la entrada de los dirigentes a sus propios sindicatos, congelaron las cuentas bancarias y retiraron las facilidades de retención en nómina de las cotizaciones. El régimen emitió otros decretos prohibiendo que los tribunales juzgaran al gobierno en relación con asuntos laborales.

 

Dirigentes sindicales detenidos

Las fuerzas de seguridad arrestaron al secretario general de NUPENG, Frank Kokori, en agosto de 1994. Milton Dabibi, secretario general de PENGASSAN y secretario general de la Federación de asociaciones de personal jerárquico SESCAN, fue detenido en enero de 1996.

 

Detenidos sin cargos ni juicio

Kokori y Dabibi todavía seguían detenidos a principios de 1998, no había cargos en su contra y no habían sido juzgados. Tampoco se les había permitido ver a sus abogados o dirigentes sindicales. Las visitas familiares estaban severamente limitadas. Ninguno de los dos sindicalistas gozaba de buena salud y se les negó una apropiada atención médica. Además de otras dolencias, Frank Kokori tiene una lesión en la columna vertebral resultado de un accidente de coche en 1991. El Régimen ha rechazado las solicitudes de los médicos de la cárcel para que se le permita ver a un traumatólogo.

 

Duras leyes antisindicales

En 1996, el régimen promulgó cuatro duras leyes antisindicales destinadas a debilitar y a controlar el movimiento sindical. A principios del año, estas leyes seguían en vigor.

 

Decreto Nº 4 - reestructuración de los afiliados al NLC

En enero de 1996, el régimen emitió el decreto Nº4 de Sindicatos (Enmiendas) que dio efecto legal a la reestructuración y a la fusión de las organizaciones afiliadas a la NLC, reduciéndolas de 41 a 29. En virtud del decreto, era un delito penal para cualquier sindicato que no figurara entre los 29 sindicatos del decreto pertenecer a la NLC. Impuso la afiliación automática de los 29 sindicatos al NLC y definió su jurisdicción. La legislación nigeriana ya mencionaba al NLC como la central sindical nacional única.

El decreto no mencionaba 25 asociaciones de personal jerárquico que pertenecían a SESCAN, que no tiene registro. Estas asociaciones de personal jerárquico no pueden afiliarse al NLC.

El decreto interfería en el derecho de los sindicatos a determinar sus cuotas de afiliación al NLC imponiendo una contribución fija.

Afirmó que sólo los afiliados "con carnet" de los 29 sindicatos podrían ser candidatos a cargos directivos de los sindicatos industriales así como del NLC a nivel nacional y estatal. El Decreto contenía una disposición prohibiendo toda demanda judicial en contra de su vigencia

 

Decreto Nº 24 - Sindicatos universitarios prohibidos

El decreto Nº 24, emitido el 21 de agosto de 1996, prohibía las actividades de los sindicatos y asociaciones universitarias: ASUU, NASU y SSANU y disolvía sus ejecutivas nacionales y locales, en el marco de la legislación de servicios esenciales.

 

Decreto Nº 26 - Limita la admisibilidad para los cargos de dirigente sindical y amenaza con retirar el registro

El 16 de octubre de 1996, el decreto Nº 26 de Sindicatos (enmiendas) entró en vigor.

Haciendo referencia al decreto Nº4, el decreto Nº26 definió a un afiliado sindical "con carnet" como un trabajador empleado en el gremio o industria representado por el sindicato y especificaba que sólo los miembros "con carnet" podían ser electos a cargos sindicales o participar en los organismos encargados de la toma de decisiones, a menos que el puesto fuera estrictamente administrativo. Cualquier contravención a esta disposición implica una multa de 100.000 nairas y/o cinco años de cárcel.

Este decreto descalificaba a los dirigentes de las 29 organizaciones afiliadas al NLC para postular en las elecciones a cargos en el NLC a nivel nacional y estatal.

Permite que el ministro de Trabajo cancele el registro de cualquiera de los 29 sindicatos afiliados al NLC si considera que sus actividades "contravienen en el interés público prevaleciente", que no está definido. Los sindicatos pueden apelar en contra de una decisión de este tipo del ministro en un plazo de 30 días, pero no pueden llevar el decreto ante los tribunales.

El decreto prohíbe que un sindicato sin registro recaude cotizaciones sindicales.

Asimismo estipulaba que el pago de las cuotas en nómina sólo se permitiría si había cláusulas antihuelga en los convenios colectivos concluidos después del registro y reconocimiento de las 29 organizaciones afiliadas al NLC. Cualquier acción de huelga emprendida a pesar de estas cláusulas legalmente impuestas provocaría la suspensión del sistema de retención en nómina.

 

Decreto Nº 29 - Afiliación a organizaciones internacionales

El 23 de octubre de 1996, el decreto Nº 29 sobre Sindicatos (Afiliación internacional) fue promulgado en secreto y especifica a aquellas organizaciones sindicales internacionales a las cuales el NLC o cualquier otro sindicato puede afiliarse.

Anula las afiliaciones existentes a organizaciones sindicales internacionales no aprobadas, a menos que el Consejo de reglamentación provisional haya dado su aprobación, y prohíbe afiliaciones futuras sin la aprobación expresa del ministro de Trabajo.

Cualquier violación del decreto implica una multa de 100.000 nairas y/o cinco años de cárcel. Un sindicato o asociación que no observe el decreto vería revocada su personería jurídica. No nos consta que se haya utilizado el decreto para forzar a los sindicatos a desafiliarse internacionalmente.

 

Más restricciones

Algunas categorías de empleados/as públicos pueden formar sindicatos o afiliarse a ellos.

La legislación laboral nigeriana también requiere contar con 50 trabajadores/as antes de poder formar un sindicato.

El registro de sindicatos (ministro de Trabajo) tiene amplios poderes para supervisar en todo momento las cuentas sindicales.

El Gobierno a menudo interfiere en la negociación colectiva y puede imponer el arbitraje obligatorio en una amplia gama de industrias definidas como servicios esenciales. El jefe de Estado puede prohibir un sindicato que haga huelga en un servicio esencial. La docencia ha sido designada como servicio esencial en el que están prohibidas las huelgas.

 

Mayor respeto de los derechos después de la muerte de Abacha

Presos liberados

El jefe militar de Nigeria, el general Abacha, falleció inesperadamente el 8 de junio. El nuevo jefe de Estado, general Abubaker, liberó, el 15 de junio, nueve presos entre los que se encontraban los dirigentes del NUPENG y PENGASSAN, Frank Kokori y Milton Dabibi. En julio, en un discurso dirigido a la nación, el general Abubaker se comprometió a respetar y proteger la libertad de sindicación y afirmó que los sindicatos podrían desempeñar sus funciones libremente. Afirmó que el movimiento sindical sería democratizado durante su administración.

 

Abiola muere

El 8 de julio, Moshood Abiola falleció inesperadamente en la cárcel.

 

Revocados los decretos 9, 10 y 24

El 11 de agosto, se revocaron los decretos 9 y 10. El decreto Nº 24 también fue revocado permitiendo que ASUU, NASU y SSANU, prohibidos en 1996, reanudaran legalmente sus actividades.

 

Los sindicatos se preparan para las elecciones

El 2 de septiembre, los dirigentes de las 29 organizaciones sindicales afiliadas al NLC se entrevistaron con el ministro de Trabajo al acordar que las elecciones convenidas para elegir a los dirigentes del NLC tendrían lugar en un plazo de 90 días. La dirección de la NLC fue traspasada a un Comité provisional de 16 miembros, elegido por el NLC el 16 de septiembre, que también prepararía las elecciones.

La reunión resolvió que el secretario permanente en el Ministerio de Trabajo actuaría como mediador del comité provisional y se pidió al Ministerio que nombrase un representante y lo asistiera. El administrador del NLC se retiraría antes del 16 de septiembre.

Se retiraron los administradores de NUPENG y PENGASSAN. NUPENG celebró su congreso a finales de septiembre y PENGASSAN celebró el suyo a principios de octubre.

 

Otros decretos enmendados

Hacia finales de octubre, el gobierno declaró que su revisión de los decretos 4, 26 y 29 ya casi había terminado. La NLC no celebró su congreso en el plazo de 90 días como se había convenido, debido a que los decretos seguían vigentes, impidiéndoles elegir libremente a sus dirigentes.

A principios de 1999 el gobierno publicó el decreto 1 de 1999 y el decreto 2 de 1999, ambos fechados el 1 de septiembre de 1998.

El decreto 1 enmendaba el decreto 4 y 26 y el decreto 2 enmendaba el decreto 29.

Se esperaba que las elecciones de la NLC para restablecer los comités se llevaran a cabo el 21 de enero seguidos por el congreso nacional del NLC los días 27 y 28 de enero.

REPÚBLICA CENTROAFRICANA

CAPITAL: Bangui POBLACIÓN: 3.344.000 Convenios de la OIT ratificados: 29-105-87-98-100-111

En 1998, los docentes en huelga fueron víctimas de represalias, mientras que los trabajadores del sector público seguían sin recibir sus salarios. A principios de 1999, el secretario general de la USTC, la central sindical nacional, fue brutalmente golpeado.

Siguen obstaculizándose las actividades sindicales

La central nacional USTC siguió experimentando dificultades para realizar sus actividades debido a que desde hace ya mucho tiempo el Parlamento cuenta con un número de partidarios del presidente igual al de la oposición parlamentaria, lo que politiza marcadamente la vida nacional. Las oficinas centrales de la USTC permanecieron prácticamente vacías y la línea de teléfono no ha sido conectada de nuevo desde que el edificio fue saqueado por las fuerzas de seguridad hace dos años.

 

Represalias contra los huelguistas

A principios de 1998, catorce funcionarios de educación y docentes en Bambari, Ouaka, que habían hecho huelga en octubre de 1997 para exigir el pago de los salarios retrasados fueron objeto ya sea de medidas disciplinarias, o fueron transferidos, degradados o amenazados.

Hacia finales de 1998, los trabajadores/as del sector público no habían recibido su salario desde hacía nueve meses.

 

Ataque contra un dirigente sindical

En la tarde del 9 de enero de 1999, el secretario general de la USTC, Theophile Sonny-Cole, fue brutalmente atacado. Estaba conduciendo por Bangui, la capital, cuando guardias presidenciales en tres coches oficiales lo detuvieron y le ordenaron que saliera del coche. El se negó. Los guardias dispararon una pistola apuntando su coche y rompiendo una de las ventanas. Lo sacaron del coche y lo golpearon con saña. El logró escapar, pero lo alcanzaron y lo metieron en el coche y lo condujeron a la residencia del Presidente. Los guardias recibieron órdenes de llevarlo a la comisaría.

Se le mantuvo detenido hasta las 15.00 horas del día siguiente y mientras tanto lo llevaron al hospital para tratarlo e interrogarlo durante dos horas. Se cree que fue atacado debido a la participación de la USTC en una plataforma de organizaciones civiles y políticas para fomentar la paz y el desarrollo en el país.

 

Restricciones legales

La Constitución de 1995 garantiza el pluralismo político y la libertad de sindicación. A pesar de ello, no se revocó la legislación en la que se establece un sistema de sindicato único aunque existen varias centrales sindicales nacionales.

La legislación estipula que sólo los miembros de un sindicato pueden ser candidatos a un cargo sindical de dicho sindicato. Los trabajadores despedidos o jubilados no pueden pertenecer a un sindicato, ni ejercer ningún cargo sindical.

El gobierno suele intervenir en la negociación colectiva.

Una huelga debe ser precedida de un largo proceso de mediación y arbitraje.

El gobierno tiene el poder de ordenar a los trabajadores/as en huelga que regresen al trabajo en aras del "interés general".

Se prohíbe estrictamente a las organizaciones sindicales celebrar reuniones de carácter político.

REPÚBLICA DEMOCRÁTICA DEL CONGO

CAPITAL: Kinshasa POBLACIÓN: 46.812.000 Convenios de la OIT ratificados: 29-98-100

No se ha presenciado ninguna mejora en el respeto de los derechos sindicales. En el sector público las autoridades no han querido negociar, mientras en el sector privado los empleadores se han negado a reconocer a los sindicatos. Varios dirigentes sindicales han sido arrestados a lo largo del año.

Sindicatos títeres

En 1997 se contaban por lo menos 199 sindicatos (incluyendo a las centrales sindicales nacionales), que se habían creado desde la introducción del pluralismo sindical en 1990. Ello se debe en gran parte al hecho que las autoridades, los políticos y los empleadores entre otros respaldaban la creación y el registro de un gran número de sindicatos de empresa y de otros tipos de sindicatos no representativos o de sindicatos virtuales, especialmente en el sector público y en las empresas del estado.

Esta práctica se mantuvo a lo largo del año 1998 y en el sector público se crearon sindicatos vinculados con el régimen. Las autoridades se negaron a negociar con los sindicatos del sector público y a organizar elecciones sociales en el sector público y de la educación, que habrían aclarado la representación sindical.

 

Código laboral sin aplicar

El Consejo Laboral Nacional, tripartito, no se ha reunido desde el acceso al poder del presente régimen en mayo de 1997.

El código laboral no protege suficientemente a los trabajadores/as contra la discriminación antisindical y contra la interferencia de los empleadores en los asuntos de los sindicatos. La aplicación del código es casi inexistente.

 

Dirigentes sindicales detenidos

El 17 de enero, durante la ceremonia oficial de inauguración del sindicato de la empresa estatal de transporte, ONATRA, fueron detenidos los siguientes miembros del sindicato: Etuwe Bombula, Jacques Matadi Ndambi, Zephryn Buangi Bakangulu, Bayise Basapi, Tambwe y Mpia.

Dirigentes del sindicato Solidarité fueron detenidos el 19 de enero, así como Steve Mbikayi Mabuluki, secretario general de SYNAGON y Michel Diumu Omasombo y Henry Kiliba Pataule, secretarios generales adjuntos, durante una emisión televisiva en vivo.

El 9 de marzo, Benga Makiona, secretario general de la Federación Nacional de los Trabajadores de Correos y de Telecomunicaciones (FNPTT), así como sus secretarios generales adjuntos Mataf Kabasele y Zieto Makuntima, fueron detenidos por haber dado un aviso de huelga para exigir el pago de siete meses de atrasos de salarios en Kinshasa y de 24 meses en las provincias. Fueron detenidos por concepto de « acción de huelga ilegal » a pesar de que la huelga no había tenido lugar todavía. Fueron mantenidos en la cárcel hasta el 23 de abril.

 

Se niega reconocimiento a sindicatos

En varias empresas del sector público o privado, están prohibidos los sindicatos y no se autoriza la negociación colectiva. Los empleadores ejercen una discriminación antisindical.

En la sede del Citibank, la dirección intentó reemplazar a los representantes sindicales electos por gente nombrada por la misma dirección. En junio, en la compañía aérea Congo Air Lines, la dirección instaló un comité de trabajadores/as en sustitución del sindicato existente.

Se prohibieron los sindicatos de Beltexpo, Karamba, de UPK y de BKTF en Kinshasa, de ESCOKIN, Amato-Ferres y ICCI que también despidieron a delegados sindicales.

En la empresa New Project, la dirección se negó a dialogar con el sindicato y persiguió a los miembros del sindicato. Eventos similares tuvieron lugar en SESEMO, en el Banco de Comercio y Desarrollo, en Chevron Congo, Iveco y Acec-Congo.

La empresa EDC y las minas de oro Kilo-Moto (Okimo) se negaron ambas a reconocer la delegación sindical. La SCP se negó a aplicar un convenio colectivo. El dirigente sindical Kapia de la empresa Roffe-Congo fue despedido porque pensaba que había dirigido una huelga.

New Project, Sesemo, el Banco de Comercio y Desarrollo, Siforco, Safricas y la D.G.C. se negaron a autorizar un sistema de retención en nómina de las cotizaciones sindicales.

 

Licencia sin salario

Los empleadores sacaron provecho de una lay que los autoriza a deshacerse de los trabajadores/as otorgándoles licencia por varios meses o incluso durante años sin nigún pago compensatorio. Esto ha sucedido en la aerolínea nacional, Congo Airline y en el New Bank of Kinshasa.

 

Policía anti-disturbios

El 29 de diciembre se utilizaron dos camiones antidisturbios de la policía para impedir las elecciones sindicales que se tenían que celebrar en la escuela Cardinal Malula.

SENEGAL

CAPITAL: Dakar POBLACIÓN: 8.532.000 Convenios de la OIT ratificados: 29-105-87-98-100-111

Dirigentes sindicales encarcelados después de una huelga en la empresa nacional de electricidad

Nuevo Código laboral

Se adoptó un nuevo código laboral en diciembre de 1997. No cambiaron las disposiciones de la ley que exigían que el ministro del Interior otorgara une autorización previa antes de que un sindicato pueda existir legalmente.

El nuevo código dispone que los trabajadores extranjeros pueden desempeñar cargos sindicales después de haber vivido por lo menos cinco años en el país, y si se aplican acuerdos recíprocos en el país de origen del trabajador.

Aunque el nuevo código haya sustituído una ley de 1968 que estipulaba que los sindicatos podían ser disueltos por las autoridades, la ley en cuestión no ha sido abrogada.

 

Protesta de los trabajadores de la electricidad

El 15 de julio, el sindicato de los trabajadores del sector de la electricidad, SUTELEC, empezó una huelga de reglamento que consistió en no hacer horas extraordinarias ni tareas de mantenimiento, protestando contra la privatización de la empresa nacional de electricidad, SENELEC, y pidiendo un incremento salarial. La acción provocó cortes de electricidad en varios puntos del país. SENELEC inició un pleito contra el sindicato, pretendiendo que había saboteado las instalaciones eléctricas.

 

Dirigentes sindicales detenidos

El 20 de julio, Mademba Sock, secretario general de SUTELEC, fue detenido junto con 25 otros miembros del comité ejecutivo del sindicato. También fueron despedidos de sus trabajos. Tras cuatro días de detención, se les acusó de sabotaje. Las autoridades dificultaron las visitas de familiares o dirigentes sindicales. No se les concedió la libertad bajo fianza.

Se prohibieron las marchas y huelgas organizadas por SUTELEC en julio y en agosto para exigir la liberación de sus compañeros. El sindicato desafió a las autoridades y siguió adelante. La policía dispersó a los participantes de la marcha con gases lacrimógenos.

 

Penas de prisión

El 8 de diciembre, Mademba Sock y Samba Yero Dieye fueron sentenciados a seis meses de encarcelamiento por haber conspirado con miras a perturbar la ley y el orden público, aunque no hubiera sido ésta la acusación original. Los otros 24 sindicalistas fueron absueltos.

 

Dirigenta de los trabajadores bancarios despedida

El 29 de julio, Thiaba Mbaye, secretaria general del sindicato de los trabajadores bancarios SYTBEF, fue despedida de su puesto de trabajo en el banco SGBS tras haber desempeñado un papel fundamental en un largo conflicto en el banco.

SUDÁFRICA

CAPITAL: Pretoria POBLACIÓN: 42.400.000 Convenios de la OIT ratificados: 29-105-87-98-111

A pesar de que la ley de Relaciones Laborales de 1996 concede a todos los trabajadores/as el derecho a sindicarse, en 1998 los trabajadores agrícolas fueron víctimas de violaciones a sus derechos sindicales y de empleo.

Sindicalistas detenidos

En febrero, once trabajadores de la explotación agrícola Maswiri Boerdery en la Provincia del Norte fueron detenidos acusados de ser inmigrantes ilegales. Sus compañeros afirmaron que eran sudafricanos y que habían sido detenidos por estar afiliados al sindicato y pedir un aumento salarial y mejores condiciones de trabajo. El dueño de la explotación trató de crear un sindicato de oposición. Seis de los once trabajadores agrícolas fueron mantenidos en celdas de la policía hasta el 4 de marzo.

 

Protesta por el despido de trabajadores

Aproximadamente 300 trabajadores iniciaron una marcha hasta la explotación agrícola para pedir que se pusiera fin al hostigamiento. El propietario los despidió y los expulsó de la explotación agrícola. Consiguió una orden judicial para impedirles que entraran a la granja e intimidaran a sus compañeros.

 

200 detenidos

El 3 de marzo, iniciaron una marcha para hablar con el propietario. Fueron arrestados más de 200 incluso madres con sus bebés, por contravenir una orden judicial. La policía y los guardias de seguridad de la explotación agrícola los golpearon y les echaron los perros. Varios resultaron lesionados.

Fueron mantenidos toda la noche en la comisaría de Messina y liberados la tarde del día siguiente después de una audiencia judicial de siete horas. Se les acusó de violar la propiedad privada y oponer resistencia a la policía. Posteriormente, afirmaron que habían sido sustituidos por inmigrantes ilegales que no se afiliarían a un sindicato por temor a que el empleador los delatase a la policía.

 

El tribunal absuelve a los trabajadores arrestados

Uno de los trabajadores afirmó que los guardias de seguridad de la explotación agrícola lo había golpeado y le habían dado choques eléctricos en los aseos durante una corta visita en julio. En noviembre, el tribunal absolvió a los trabajadores por ambos cargos.

 

Comisión de Derechos Humanos

La Comisión de Derechos Humanos de Sudáfrica abrió la investigación sobre las violaciones en contra de los trabajadores agrícolas en la zona. Se enteró de que las condiciones de vida y trabajo de los trabajadores agrícolas en las granjas eran pésimas y que se niega a la mayoría de los trabajadores/as el derecho a sindicarse.

SUDÁN

CAPITAL: Jartum POBLACIÓN: 27.291.000 Convenios de la OIT ratificados: 29-105-98-100-111

Los sindicatos democráticos están prohibidos en Sudán, donde la represión continuó con una ola de arrestos en 1998.

Disolución de los sindicatos democráticos

En 1989, todos los sindicatos democráticos fueron abolidos cuando el régimen militar fundamentalista tomó el poder a través de un golpe de estado. Sólo puede existir la Federación Sindical de Trabajadores de Sudán (SWTUF), que figura en la legislación.

La mayoría de los dirigentes sindicales fueron despedidos o detenidos cuando los sindicatos y las asociaciones profesionales fueron disueltos después del golpe. Todos los asuntos sindicales quedaron en manos de comités directivos controlados por el gobierno hasta 1992, cuando se introdujo una nueva ley sindical.

 

La ley sindical de 1992

La ley sindical de 1992 impuso un sistema de sindicato único. Esta ley:

dio carta blanca al ministro de Justicia para definir los sectores, industrias y empresas en los que pueden existir sindicatos;

negó los derechos sindicales a determinados funcionarios públicos;

interfirió extensamente en los asuntos internos y las elecciones sindicales;

concedió a las autoridades el poder de suspender o disolver las organizaciones sindicales;

y no protegía a los trabajadores contra actos de discriminación antisindical.

 

Sindicato en exilio

Los dirigentes sindicales de la SWTUF que existía antes del golpe se exilaron y crearon la Federación Sindical Legítima de Trabajadores de Sudán (SW(L)TUF) que también trabaja clandestinamente en Sudán.

 

Central nacional controlada por el gobierno

Después de manipular las elecciones sindicales hacia finales de 1992 y fusionar los 107 sindicatos sectoriales o de empresas en 26 sindicatos, el régimen patrocinó un congreso sindical, en 1993, para establecer la SWTUC como la central sindical nacional. Los objetivos de la SWTUC son "movilizar las masas en favor de la producción y defender la autenticidad del estado islámico". En 1996, tuvo lugar otra fusión que redujo el número de sindicatos a 13.

 

La mayor parte de los salarios los fija el Estado y las huelgas han sido prohibidas.

La mayor parte de los salarios son fijados por un organismo controlado y designado por el régimen. Hay muy poca negociación colectiva. El ministro de Trabajo tiene amplios poderes para remitir un conflicto al arbitraje obligatorio. Las huelgas están prohibidas.

 

Malos tratos a los trabajadores del mar

El trato a los marinos sudaneses ha empeorado de manera significativa desde 1989. El régimen controla la industria marítima sudanesa a través de Sudan Shipping Line, que es de su propiedad. Los marinos son obligados a trabajar en buques que navegan en zonas de guerra y en zonas en las que hay epidemias y a las que no iría otro buque. Los marinos que se ponen en contacto con la Federación Internacional de Trabajadores del Transporte para quejarse acerca de los salarios y las condiciones de trabajo pueden ser detenidos y torturados a su retorno a Sudán. Los antiguos afiliados al sindicato de marinos que existía antes del golpe de estado han sufrido represalias.

 

Protestas en 1998

En 1998 tuvieron lugar huelgas y protestas contra la privatización de los servicios públicos y las grandes compañías que provocan pérdidas masivas de empleo. Los docentes, los trabajadores del textil y de otras industrias hicieron huelga debido a que no se les pagaba sus salarios desde hacía 13 meses.

 

Sindicalistas detenidos

La SW(L)TUF afirmó que la nueva Constitución nacional aprobada por el régimen parece permitir un pequeño margen de libertad. De conformidad con las disposiciones de la Constitución, decidió celebrar una reunión pública el 6 de julio en un club de los trabajadores en el norte de Khartoum e invitó a los miembros de los comités ejecutivos de sus sindicatos afiliados. Las autoridades arrestaron inmediatamente a catorce miembros del Comité Ejecutivo de la SW(L)TUF participantes en la reunión: Mahgoub El-Zubeir, presidente de la SW(L)TUF; Yahya Ali Abdalla, secretario general; Nasr Mohamed Nasr, Tesorero; John Macam y El-Sheikh Mohamed Elaman, vicepresidentes; Kamil Abdel Rahman El-Sheik, secretario de la Administración y la organización; Menalla Abdella, secretario de Asuntos Exteriores; Bashir Hamid, secretario de Información; Had El-Raid El-Mahi, representante de las mujeres; Yona Agani, secretario de las Regiones; Sedig Yahia; Gasim Karam Allah, Abas Mohammed El-Abid y Mahmoud Kharif. Una ola de detenciones hacia finales de junio resultaron detenidos dieciséis sindicalistas: Nagib Nagm Eddin, Abdel Fatah El-Rufa'I, Abdel Aziz El-Rufa'I, Zahra El-Rufa'I, Hamad El-Neel Daffa-Alla, Ali El-Awad, Osman Abdel Gadir, Adbdelalla Bashir y otros.

SWAZILANDIA

CAPITAL: Mbabane POBLACIÓN: 881.000 Convenios de la OIT ratificados: 29-105-87-98-100-111

El gobierno no presentó ante el parlamento el nuevo proyecto de ley laboral redactado con la ayuda de la OIT y siguió en vigor la represiva ley de Relaciones Laborales de 1996. Continuó el hostigamiento y las represalias en contra de la SFTU y sus dirigentes.

Las demandas de la SFTU

La central sindical nacional, SFTU, siguió haciendo campaña en favor de las reivindicaciones presentadas por primera vez en 1993. Estas se centran en temas laborales y económicos -y específicamente en la revocación de la ley Laboral de 1996, así como en demandas en favor de una sociedad más democrática- y en la revocación de las leyes de seguridad. La constitución de Swazilandia fue suspendida por un decreto de 1973 que también prohibió los partidos políticos e implantó el estado de emergencia que todavía se encuentra en vigor. Aunque el Rey estableció una comisión de revisión constitucional en 1996, ésta está integrada por representantes escogidos a dedo.

 

Nuevo proyecto de ley de relaciones laborales

En marzo de 1998 se finalizó un nuevo proyecto de ley de relaciones laborales redactado tomando como base las discusiones entre la SFTU, los empleadores y el gobierno, y con la asistencia técnica de la OIT. Fue sometido al gabinete y recibió la aprobación del gobierno en el mes de julio. Visto que el gobierno no concedió un certificado de urgencia al proyecto de ley, éste no fue aprobado antes de la disolución del parlamento.

En julio, el gobierno amenazó con retirarse de la OIT, después de haber sido criticado por violar los derechos sindicales y las libertades civiles básicas.

El parlamento fue disuelto en agosto, anticipándose a las elecciones en octubre. La SFTU y otros grupos hicieron un llamamiento en favor de un boicot de las elecciones debido a que no iban a celebrarse en el marco de un sistema democrático.

La SFTU declaró que había pocas perspectivas de que se aprobara el nuevo proyecto de ley laboral.

 

Se amenaza a la SFTU con retirarle la personería jurídica

A principios de octubre, la SFTU recibió una carta del Comisario de Trabajo. Este se refería a una carta anterior que la SFTU afirmó no haber recibido. La carta decía que la SFTU quedaba suspendida durante 30 días por no presentar su informe financiero anual a las autoridades. Asimismo, afirmaba que la SFTU perdería su personería jurídica a menos que presentara su informe en un plazo de 30 días.

La SFTU declaró que en ese momento sus cuentas anuales estaban siendo auditadas debido a que había cambiado su ejercicio financiero, el cual ahora terminaba el 30 de septiembre.

 

Un dirigente sindical muere debido a la violencia policial de 1997

A mediados de octubre, Mxolisi Mbata, antiguo tesorero de la SFTU, falleció debido a las lesiones provocadas por los golpes de la policía en 1997.

El 3 de febrero de 1997, la SFTU había iniciado un movimiento de paro general. El 3 de febrero por la noche, la SFTU celebró una reunión del consejo general. Unos 150 policías armados impidieron a los 23 miembros que abandonaran la sala y los condujeron a la comisaría. La policía abrió fuego, pero nadie resultó herido.

Mxolisi Mbata, en silla de ruedas, fue arrojado de su silla y le obligaron a arrastrarse hasta la comisaría. Los miembros del consejo fueron encerrados en una sala llena de gases lacrimógenos hasta las primeras horas del día siguiente. Fueron golpeados y luego se les interrogó individualmente.

El funeral de Mxolisi Mbata fue el día de las elecciones.

 

Campaña de calumnias en contra de la SFTU

La víspera de las elecciones, el 24 de octubre, el Times of Swaziland publicó un informe obtenido a través de los servicios de inteligencia sobre una pretendida conspiración de la SFTU en contra del gobierno. El informe decía que la SFTU estaba financiada por dos ricos hombres de negocios swazis con el fin de llevar el país a una situación de ingobernabilidad y reducirlo a la anarquía mediante huelgas y manifestaciones. La SFTU afirmó que esta información formaba parte de la continua campaña de acoso en su contra.

 

Dirigentes sindicales detenidos

El 17 de noviembre, el secretario general de la SFTU, Jan Sithole, uno de los dirigentes de la SFTU, Donald Dlamini, y otros dos dirigentes fueron detenidos. Fueron liberados esa misma noche, excepto Jan Sithole. La policía afirmó que los arrestos estaban relacionados con la explosión de una bomba en octubre en un puente que no se utilizaba. La bomba había explotado dos horas después de que el Rey había pasado cerca de ahí.

La policía no permitió a Jan Sithole hablar con nadie. Se le liberó el 18 de noviembre después de un intensivo interrogatorio que no tenía nada que ver con la explosión de la bomba. La SFTU condenó la utilización de bombas y negó oficialmente su participación en éste u otros atentados.

El 19 de noviembre, Patricia Stukie Mamba, asesora legal del Sindicato de Trabajadores de Transporte e Industrias Diversas de Swazilandia, fue detenida después de que la policía allanó las oficinas del sindicato y confiscó el equipo informático. No se le permitió ver a un abogado. Fue liberada posteriormente.

 

Continúa el hostigamiento

El 27 de noviembre, fueron atacados por sorpresa los domicilios del presidente de la SFTU, Richard Nxumalo y del secretario general adjunto de la SFTU, Zodwa Mkhonta. Uno de los responsables de la SFTU, Phineas Motsa, fue interrogado por la policía e intentaron implicar a la SFTU en actividades criminales.

A principios de enero de 1999, la SFTU afirmó que el hostigamiento y la intimidación continuaban. Richard Nxumalo y Eliot Mkhatshwa, vicepresidente de la SFTU, fueron arrestados y quedaron detenidos en varias ocasiones durante las últimas semanas. La familia de Jan Sithole ha estado recibiendo llamadas telefónicas y amenazas anónimas.

 

La legislación

La ley de Relaciones Laborales de 1996 dispone severas restricciones a los derechos sindicales.

El responsable de una federación sindical que convoque a huelga puede ser condenado a pagar una multa de 5.000 emalengenies y/o a cinco años de cárcel y posteriormente la prohibición de ocupar un cargo sindical durante cinco años.

Se aplican castigos igualmente severos a las organizaciones o responsables que convoquen, organicen o proporcionen ayuda financiera a las huelgas "ilegales".

Un responsable que convoque a huelga en el sector de los medios de radio y televisión puede ser encarcelado durante un año y no podrá ocupar un cargo sindical durante un año.

El ministro de Trabajo puede enmendar la definición de servicios esenciales.

Están prohibidas las huelgas de solidaridad y los sindicatos no pueden hacer piquetes fuera de las empresas, ni participar directamente en un conflicto.

El Comisario de Trabajo debe someter la convocación de huelga a votación y la mayoría de los trabajadores tienen que votar a favor.

El ministro de Trabajo puede solicitar una orden para prohibir una huelga en nombre del interés nacional, del que no se da definición.

Los tribunales pueden anular o suspender el registro de un sindicato que participe en una huelga no conforme con la ley.

El papel de las federaciones queda limitado a dar servicios y a desempeñar un papel consultivo.

Los tribunales pueden penalizar, e incluso disolver, un sindicato o federación si consideran que ha dedicado más tiempo y fondos a cuestiones políticas que a los asuntos gremiales de su sector durante el año anterior.

La ley no protege a los sindicatos contra actos de interferencia por parte de los empleadores.

Las federaciones no pueden participar en las negociaciones colectivas.

La negociación colectiva a nivel sectorial sólo puede revisarse si el Comisario de Trabajo considera que el establecimiento de un Consejo Laboral es "deseable o práctico".

La ley retoma varias restricciones a los derechos sindicales que contenía la Ley de Relaciones Laborales de 1980.

El Comisario de Trabajo puede negarse a registrar un sindicato si piensa que ya existe un sindicato que representa los intereses de los trabajadores en ese sector.

Los trabajadores/as sólo pueden organizar sindicatos en el sector industrial en el que trabajan.

El personal penitenciario no puede formar un sindicato ni afiliarse.

 

Leyes de seguridad

El decreto de Reuniones y Manifestaciones de 1973 limita los derechos de las organizaciones a celebrar reuniones y manifestaciones.

De conformidad con la ley del Orden Público de 1963, se requiere el permiso de la policía para celebrar determinadas reuniones públicas y asambleas. La policía puede asistir a las reuniones del sindicato.

TANZANIA

CAPITAL: Dodoma POBLACIÓN: 30.799.000 Convenios de la OIT ratificados: 29-105-98

En 1998 se abrogó la ley que preveía la existencia de un solo sindicato. Todavía no hay negociación colectiva en el sector público y el derecho de huelga sigue limitado por la duración de los procedimientos.

Se ha puesto fin al sistema de sindicato único

En 1998 en gobierno abrogó por fin la ley de 1991 que mencionaba a la Organización de Sindicatos de Tanzania, la OTTU, como la única organización sindical en el país. La OTTU había cambiado su nombre en 1995 para llamarse Federación de Sindicatos Libres de Tanzania (TFTU).

Con esto se logró que la central nacional y sus sindicatos afiliados, fueran registrados legalmente.

El gobierno también abrogó la ordenanza sindical que reglamentaba algunos aspectos de las actividades sindicales. La nueva Ley sindical de 1998 no había sido aún aprobada al final del año.

 

Negociación colectiva

La negociación colectiva sólo tiene lugar en el sector privado. El Estado fija los niveles salariales del sector público. El Tribunal Laboral de Tanzania puede negarse a registrar un convenio colectivo si éste no coincide con la política económica del gobierno. No obstante, el gobierno ha declarado que puede aplicarse un convenio no registrado.

 

Procedimientos complejos de huelga

Los sindicatos deben seguir complejos y prolongados procedimientos para poder convocar una huelga, que incluyen la mediación, la conciliación y la decisión de un tribunal laboral y puede tomar varios meses. El resultado final es que la mayoría de las huelgas son ilegales.

TOGO

CAPITAL: Lomé POBLACIÓN: 4.201.000 Convenios de la OIT ratificados: 29-87-98-100-111-138

Un dirigente sindical fue asesinado en 1998. En la época de su muerte, su sindicato se oponía a la manera en que se estaba privatizando la empresa farmacéutica estatal.

Asesinato de un dirigente sindical

Liman Doumongue, secretario general adjunto de la central sindical nacional UNSIT, fue asesinado en las primeras horas del 29 de agosto en su casa, en la capital, Lomé.

La central sindical afirmó que había fuertes razones para sospechar que la oposición de su sindicato en ese momento a la manera en que se estaba privatizando la compañía farmacéutica estatal, TOGOPHARMA, había sido el motivo de su asesinato.

 

La versión oficial

Aunque la policía afirmó que había sido víctima de un robo, el sindicato declaró que había discrepancias en las circunstancias del asesinato. Los testigos afirmaron que los asesinos se dirigieron directamente a la habitación y, aunque se llevaron el televisor, dejaron otros aparatos eléctricos y una motocicleta.

No se abrió ninguna investigación del crimen.

TÚNEZ

CAPITAL: Túnez POBLACIÓN: 9.156.000 Convenios de la OIT ratificados: 29-105-87-98-100-111-138

Cuatro sindicalistas se encontraban todavía acusados por protestar en contra de las restricciones a sus derechos en 1998.

Sigue abierto el caso en contra de los sindicalistas

La causa criminal en contra de varios sindicalistas seguía abierta.

Habían sido arrestados en abril de 1997 por firmar llamamientos públicos de protesta por las crecientes restricciones a las libertades civiles, especialmente la libertad de expresión y los derechos sindicales así como para protestar por la situación económica. Se les liberó bajo fianza en mayo de 1997, pero no se les ha juzgado.

 

Limitaciones de huelga

En virtud de una ley de 1967, las huelgas son ilegales si no cuentan con la autorización previa de la central nacional.

UGANDA

CAPITAL: Kampala POBLACIÓN: 20.256.000 Convenios de la OIT ratificados: 29-105-98

Connivencia del gobierno y los inversores para negar el reconocimiento a los sindicatos

Se retira el reconocimiento al sindicato textil

Nueve empresas textiles estatales retiraron el reconocimiento al sindicato textil UGTGLAWU después de la privatización. En 1998, el sindicato sólo fue reconocido por una empresa textil que amenazaba con retirarle el reconocimiento, a pesar del hecho de que sindicaba a más del 15% de la mano de obra en 13 empresas y contaba con afiliados en otras tres.

 

Nytil-Picfare Ltd.

En la compañía textil Nytil-Picfare, la mayoría de los 9.000 trabajadores/as fueron despedidos durante el proceso de privatización en 1996 y no hubo ninguna resistencia a esta política de despido instantáneo.

Cuando Nytil-Picfare adquirió Nyanza Textile Industries, el acuerdo de venta, negociado por el ministro de Finanzas, especificaba que Nytil-Picfare no tenía ninguna obligación respecto a cualquier arreglo o contrato previamente realizado con el sindicato, ni era responsable de ninguna reivindicación relacionada con los trabajadores sindicados contratados previamente.

Esta cláusula permitió a Nytil-Picfare negarse a tratar con el sindicato, incluso a pesar de que todos los 1.100 trabajadores/as de la empresa estaban afiliados al sindicato. La ley exige un número excesivamente elevado de trabajadores -1.000- para formar un sindicato. La empresa se negó a asistir a las reuniones convocadas por el ministro de Trabajo. En septiembre de 1998, el Comisario de Trabajo declaró que el asunto de la Nytil-Picfare estaba fuera de las atribuciones del Ministerio de Trabajo e iba a ocuparse del caso el propio Presidente.

Otras empresas del sector siguieron el ejemplo de Nytil-Picfare. El director de la fábrica de marroquinería, Leather Industries of Uganda Ltd. dio como razón para no reconocer al sindicato el hecho de que Nytil-Picfare no lo reconociera.

 

Otros sectores se negaron a reconocer a los sindicatos.

En muchos sectores, los inversores se han negado a reconocer a los sindicatos como interlocutores para la negociación colectiva, especialmente en los sectores del transporte por vía férrea y los hoteles. Entre las empresas se encuentran Century Bottling Company, que embotella Coca Cola, el Hotel Equatoria y el Grand Imperial Hotel, en Kampala el Imperial Botanical Beach Hotel en Entebbe, Mukwano Industries (Uganda) Ltd., Vitafoam (Uganda) Ltd., Eladam Textiles, Uganda Oxygen Ltd., Sembule Group of Companies, Roko Construction, Kampala Pharmaceuticals Industries e Interfreight (Uganda) Ltd.

 

Represalias

El sindicato informa sobre crecientes represalias en contra de los trabajadores/as que tratan de formar sindicatos o sindicarse.

 

Se resta fuerza al Tribunal Laboral

Asimismo, hay informes de que cada vez se resta más fuerza al Tribunal Laboral, incluso por parte del presidente Museveni. La Federación de Empleadores de Uganda, ha cuestionado la imparcialidad del Tribunal y, violando la ley, no ha aceptado los fallos. Aunque, de conformidad con la ley, no hay ninguna vía de apelación en contra de los fallos del Tribunal, los empleadores han interpuesto apelación en contra de los fallos del Tribunal Laboral ante el Tribunal Supremo. Los sindicatos suelen perder estos casos, debido a que no pueden pagar los honorarios de los abogados.

Después de que el Tribunal Supremo revocó un fallo del Tribunal Laboral en favor de un aumento salarial, en 1995, la Central Nacional de Empleados de oficina, comerciales, profesionales y técnicos hizo una huelga. Los huelguistas fueron despedidos posteriormente. Poco tiempo después, una publicación gubernamental sugirió pasar por alto el Tribunal Laboral y reemplazarlo por un servicio de arbitraje no obligatorio. En varios discursos públicos, el presidente Museveni ha hablado claramente en contra de las concesiones del Tribunal Laboral en favor de los sindicatos y ha apoyado a los inversores, pidiendo incluso a los dirigentes sindicales que "dejen tranquilos a mis inversores".

 

Restricciones legales

Todos los sindicatos deben pertenecer a la Organización Nacional de Sindicatos (NOTU) creada por un decreto parlamentario como la única central sindical del país. No obstante, los recientemente formados sindicatos de funcionarios y docentes no han sido obligados a afiliarse a la NOTU.

El derecho a huelga se ve limitado por la necesidad de cumplir con complejos procedimientos. Después de la conciliación, las reivindicaciones y el aviso de huelga deben ser sometidos al Ministerio de Trabajo que a menudo remite el caso al Tribunal Laboral para que tome una decisión. Por lo general, tanto el Ministerio de Trabajo como el Tribunal Laboral suelen fallar en contra de las huelgas.

El decreto sobre los Sindicatos de 1976 exige contar con mil afiliados para formar un sindicato y el 51% de la mano de obra para poder ser reconocido como interlocutor para la negociación colectiva. Aunque en una carta dirigida al ministro de Trabajo en septiembre de 1997, el ministro de Justicia/Fiscal General hizo una interpretación legal de estas secciones del decreto. Su punto de vista era que estas disposiciones eran contradictorias con la Constitución que garantiza la libertad de sindicación. Afirmó que prevalecía la Constitución y ambas disposiciones quedaron abolidas.

Hacia finales de octubre, el Sindicato de Docentes de Uganda afirmó que el sindicato había solicitado su registro en diciembre de 1997, pero que hasta la fecha no había recibido respuesta.

ZAMBIA

CAPITAL: Lusaka POBLACIÓN: 8.275.000 Convenios de la OIT ratificados: 29-105-87-98-100-111-138

El ministro de Trabajo, Newstad Zimba, ex secretario general del ZCTU y ex miembro del Consejo de Administración de la OIT amenazó con quitarle la personería jurídica al ZCTU y despedir a todos los trabajadores/as que fueran a la huelga después que la central sindical nacional convocara a un paro en marzo.

Congelamiento de salarios y proposición de despidos

Hacia fines de 1997, el gobierno había impuesto unilateralmente un congelamiento de salarios durante 1998 para los trabajadores/as del sector público y de todas las instituciones subsidiadas por el gobierno tales como hospitales y universidades. Asimismo, introdujo planes para despedir a decenas de miles de trabajadores/as en el sector comprendido por el Programa de reforma del servicio público. Los sindicatos del sector público, CSUZ y NUPSW así como el ZCTU, escribieron al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social en octubre de 1997 a fin de concertar un diálogo. El gobierno se negó a reunirse con los sindicatos y respondió con tácticas dilatorias a posteriores pedidos de reuniones.

En enero de 1998, el consejo general del ZCTU indicó que si no había ninguna respuesta del gobierno consideraría una movilización. El 26 de enero los miembros del sindicato celebraron manifestaciones y reuniones de protesta en todo el país en apoyo del ZCTU

 

Amenazas e intimidaciones

A fines de febrero, el ZCTU convocó un día de paro para el 9 de marzo a menos que el gobierno se comprometiera a participar en negociaciones genuinas. Las autoridades y los empleadores respondieron con amenazas e intimidando a los trabajadores/as. El ministro de Trabajo amenazó con quitarle la personería jurídica al ZCTU y a cualquiera de sus afiliadas que participasen en el paro. Indicó que los trabajadores/as huelguistas serían despedidos sin recurso a procedimientos de apelación.

Una circular emitida por la oficina del gabinete afirmó que el paro era ilegal. Amenazó, además, con procedimientos disciplinarios en contra de los trabajadores/as que hicieran huelga indicando que los trabajadores/as en servicios esenciales no podían hacer paros en virtud del estado de emergencia decretado el 29 de octubre de 1997 y renovado el 29 de enero de 1998. Se levantó a mediados de marzo de 1998.

El paro siguió adelante. El gobierno desplegó personal militar en la mayoría de las instituciones gubernamentales. No hubo informes sobre trabajadores que hubieran sido discriminados por ir a la huelga.

El CSUZ y NUPSW interpusieron una queja en contra del congelamiento salarial en el Tribunal de Relaciones Laborales que a fin de año aún no había sido tramitada. Un juez se pronunció en contra de una solicitud presentada por el gobierno para que el caso fuera desestimado.

 

Acción disciplinaria contra los médicos

En julio, el gobierno promulgó una nueva ley que otorgaba a la Asociación Médica de Zambia el poder de sancionar a los médicos en los centros de salud pública por hacer huelga. Ya se les había pedido a 80 médicos que explicaran porqué no se debían iniciar procedimientos disciplinarios en su contra después de haber hecho huelga en junio.

 

Los inversores niegan los derechos sindicales

Había crecientes quejas de parte de los trabajadores/as, sobre todo en las empresas recién privatizadas, a menudo extranjeras, de hostigamiento racial, trato injusto, negación del derecho de sindicación y malas condiciones de trabajo. Muchos de los trabajadores estaban empleados a base de contratos u ocasionalmente. También trascendió que los empleados/as domésticos corrían el riesgo de perder sus empleos si se afiliaban a una asociación de empleados domésticos.

En los almacenes Shopriete Checkers, los trabajadores/as se habían quejado de los bajos salarios, largas jornadas de trabajo, horas extras no pagadas y demoras prolongadas durante años para firmar el acuerdo de reconocimiento del sindicato.

 

Líderes de la huelga despedidos y manifestantes asesinados

En la segunda mitad del año, los trabajadores/as en la empresa minera Roan Antelope, propiedad de la transnacional india Binani Industries, dijeron que eran maltratados por los nuevos inversores y acusaron a la empresa de traer expatriados para hacerse cargo de los puestos de trabajo ignorando a los zambianos calificados que a menudo eran despedidos. Señalaron que los expatriados los controlaban y actuaban como guardias de seguridad. Después de una huelga de la empresa de más de 350 trabajadores, dos de los líderes de la huelga fueron despedidos.

A fines de octubre, una huelga de seis días en la empresa en reclamo del pago de los salarios de septiembre, un subsidio de alquiler y otros temas, desembocó en acciones violentas en las cuáles los trabajadores resultaron muertos en una balacera cuando la policía dispersó con gas lacrimógeno y a tiros una manifestación violenta en Luanshya.

 

Salarios impagos

Asimismo, había problemas de salarios impagos. Desde 1992 muchos trabajadores/as municipales no habían cobrado durante períodos que iban de dos a 19 meses. Muchos de los que protestaban fueron sancionados e incluso despedidos.

 

Restricciones legales

La ley de Orden Público requiere un permiso de la policía para cualquier reunión, manifestación o procesión pública. Esta ley se ha utilizado durante los dos últimos años para arrestar y acusar a los sindicalistas que reclamaban salarios atrasados.

ZIMBABWE

CAPITAL: Harare POBLACIÓN: 11.439.000 Convenios de la OIT ratificados: 29-105-98-100

Empeoró el respeto de los derechos sindicales y las libertades civiles. En noviembre, se prohibieron las huelgas a escala nacional durante seis meses. El secretario general adjunto de la central ZCTU fue golpeado hasta quedar inconsciente por tres hombres, de los que se cree que uno es policía.

Ataque contra un dirigente sindical

Se atentó contra la vida de Morgan Tsvangirai, secretario general de la central nacional ZCTU hacia finales de 1997, se cree que fue por motivos políticos. Fue llevado inconsciente al hospital después de ser atacado por siete hombres armados, el 11 de diciembre, sólo dos días después de haber tenido lugar la mayor huelga de protesta que ha vivido el país. La huelga había sido convocada para protestar contra un impuesto del 5% sobre los salarios destinado a financiar los pagos de compensación para los veteranos de la lucha de la independencia, la imposición de un impuesto sobre ventas del 2,5% y un incremento del costo del combustible y la electricidad.

En marzo de 1998, la policía anunció que cerraba el caso de Tsvangirai debido a que las investigaciones habían resultado infructuosas. En junio, el ZCTU escribió al ministro de Justicia pidiéndole que reabriera la investigación sobre el ataque en contra de Morgan Tsvangirai y proporcionando los nombres de tres sospechosos.

 

Paro general

El 3 de marzo de 1998, el ZCTU convocó un paro general de dos días debido a la agudización de la crisis económica. El gobierno retiró los subsidios a los artículos de primera necesidad provocando una alza masiva de los precios e impuso un impuesto del 15% sobre las pensiones, además del impuesto sobre las ventas y el impuesto del 5%. La inflación, el desempleo y los tipos de interés estaban en alza y se depreciaba la moneda.

 

Declaraciones contra el ZCTU

El gobierno declaró que utilizaría todo su poder para aplastar el paro general y desplegaría en las calles las fuerzas policiales y las tropas. Hizo declaraciones infundadas afirmando que el ZCTU era un títere de la comunidad blanca a la que el presidente Mugabe acusó de respaldar a los sindicatos como represalia por los planes de su gobierno de incautar la mayor parte de las tierras de los terratenientes blancos para redistribuirlas entre los agricultores negros. El ZCTU afirmó que también había sindicatos disidentes patrocinados por las autoridades que estaban haciendo las mismas declaraciones.

Asimismo, el presidente Mugabe acusó el ZCTU de ser responsable de las revueltas para reclamar alimentos que tuvieron lugar en enero y atacó personalmente a los dirigentes del ZCTU. Afirmó que el gobierno consideraba el ZCTU como un partido de oposición.

 

Intimidación

El ministro de Trabajo emitió una ordenanza antes del paro general y obtuvo una orden judicial para prohibirlo, que los sindicatos afirmaron que ignorarían. El ministro declaró ilegal el paro. El ministro de Industria y Comercio amenazó con castigar tanto a los trabajadores como a los empleadores que siguieran el paro general y consideró aparte a los funcionarios públicos y a los directores de centros escolares.

El paro general continuó sin incidentes y los trabajadores/as se quedaron en casa siguiendo el consejo del ZCTU.

El 5 de marzo, inmediatamente después del paro general, se produjo un incendio, que se cree fue intencional, en una de las salas de las oficinas regionales del ZCTU en Bulawayo, a las 7.00 horas.

 

Dirigentes sindicales bajo vigilancia

El 12 de marzo fueron llamados a declarar ante el Tribunal de Trabajo los dirigentes del ZCTU en relación con la ordenanza emitida antes del paro general. Se temía que el gobierno quisiera intentar prohibir el ZCTU debido a que éste ignoró la ordenanza. Los dirigentes sindicales declararon que se encontraban bajo vigilancia y que eran seguidos por personas en vehículos sin matrícula.

 

Planes para retirar el registro al ZCTU

El 13 de marzo, el diario Zimbabwe Independent informó que tenía pruebas de que el gobierno estaba elaborando un plan para retirar la personería jurídica alZCTU. Esta información fue confirmada por funcionarios del Ministerio de Servicios Públicos, Trabajo y Bienestar Social, que afirmaron que se les había pedido analizar la manera de retirar la personería jurídica a la central sindical nacional.

 

Se informa que hay censura

El 14 de marzo, el Presidente ordenó a los medios de comunicación estatales que no dieran informaciones sobre las actividades del ZCTU. Después del paro general, la ZCTU había convocado a un boicot del Zimbabwe Herald, propiedad del Estado, después de que éste y la Zimbabwe Broadcasting Corporation (ZBC), administrada por el Estado, instaron a los trabajadores/as a ignorar el paro general e impuso la censura sobre este tema.

 

Despido de trabajadores/as en huelga

Durante el año, tuvieron lugar muchas huelgas debido a la disminución de los salarios reales. La empresa estatal de correos y telecomunicaciones, la PTC, despidió a 600 trabajadores/as en la oficina principal de correos en la capital, Harare, por participar en una huelga en mayo. Posteriormente fueron reintegrados.

 

El gobierno rechaza las peticiones de la ZCTU

El ZCTU continuó pidiendo al gobierno entablar conversaciones acerca de la crisis económica. En una reunión en julio, el presidente Mugabe prometió llevar a cabo una revisión de los impuestos y los precios.

Sin embargo, el gobierno rechazó cuatro de las cinco principales demandas del ZCTU. El ZCTU declaró que convocaría un paro general de cinco días. Pidió al gobierno que volviera a sentarse a la mesa de las negociaciones.

 

Restricciones de huelgas y reuniones

El 1 de agosto, el gobierno publicó nuevas disposiciones en el marco de la ley sobre el (Mantenimiento) del Derecho y el Orden que prohíbe las huelgas en determinados sectores y restringe las reuniones políticas y públicas. Se exige a los organizadores que notifiquen a las autoridades competentes o pidan el permiso de la policía por lo menos siete días antes de convocar cualquier reunión o marcha. Sólo pueden hablar en la reunión los oradores y el Estado tiene derecho de grabar los discursos. Las reuniones de "buena fe" quedarán exentas de estas reglamentaciones.

Las finanzas, el comercio y la industria fueron declarados servicios esenciales, convirtiendo en un acto criminal incitar a huelga en estos sectores. Las personas que infrinjan las disposiciones sobre las reuniones públicas y las manifestaciones podrían ser multadas o encarceladas por seis meses como mínimo. La prohibición de huelga contiene disposiciones en las que figuran condenas de diez años de cárcel por contravenir la nueva ley. Los abogados constitucionales afirman que es ilegal.

 

Concesiones gubernamentales

El 4 de agosto, el Procurador General declaró que las restricciones presentadas dos días antes habían sido publicadas "por error".

A principios de septiembre, el gobierno afirmó que anularía el impuesto a las ventas, el impuesto al desarrollo y el impuesto a las pensiones. Acordó incrementar el límite del impuesto previo sobre los ingresos e incluir al ZCTU en el Foro Consultivo Económico Nacional, creado a principios del año. Se pensó que el presidente Mugabe deseaba evitar un paro general porque temía que pudiera convertirse en un foco de oposición al costo del envío de tropas de Zimbabwe a la República Democrática del Congo.

 

Alzas de precios y nuevas protestas

Hacia finales de septiembre, el gobierno incrementó unilateralmente hasta en un 40% los precios de los artículos de primera necesidad y se esperaba el alza del precio del combustible. A principios de octubre, la ZCTU declaró que pediría un aumento salarial estatutario del 20%.

Tuvieron lugar violentas protestas por parte de los trabajadores municipales por no recibir su salario durante el mes. Los trabajadores del transporte hicieron huelga porque los precios del combustible aumentaron un 67%. El ZCTU afirmó que realizaría un paro general cada miércoles.

 

Paro

El primer paro tuvo lugar el 11 de noviembre. En Mutare, hubo algunos casos aislados de violencia en los que un joven murió a causa de un disparo y otros resultaron heridos. La Comisión de Servicio Público dio instrucciones a todos los responsables de los ministerios de registrar los nombres de los empleados que no se presentaron a su trabajo y afirmó que los infractores serían objeto de medidas disciplinarias. Se informó que el gobierno iba a prohibir las reuniones públicas.

El gobierno aceptó reanudar conversaciones con el ZCTU, pero no se llegó a ningún acuerdo. El 18 de noviembre, tuvo lugar otro paro general. La ZBC continúa aplicando la censura respecto a las actividades del ZCTU.

 

Foro negociador tripartito

El ZCTU anuló el siguiente paro para dar tiempo al gobierno a responder a sus demandas, que ahora incluían la recuperación de los fondos perdidos debido a la corrupción; una auditoría de las licitaciones gubernamentales; una nueva constitución; la liberación de los medios de comunicación del control del Estado; una reducción en el número de ministros de 55 a 15. El gobierno acordó reunir un foro tripartita de negociación.

 

Huelgas nacionales declaradas ilegales

El 27 de noviembre, el presidente Mugabe hizo uso de sus poderes especiales en el marco de la ley de Poderes Presidenciales (Medidas provisionales) para enmendar la ley de Relaciones Laborales. La huelgas nacionales fueron declaradas ilegales durante seis meses. Un sindicato podía perder su registro por desobedecer la prohibición. Los abogados dijeron que la prohibición era anticonstitucional. El ZCTU declaró que entablaría una acción legal en contra de la prohibición. Se autorizó a los empleadores a despedir a todo trabajador/a que participara en una huelga ilegal.

Se hicieron progresó muy poco en una reunión entre el ZCTU y el gobierno, el 9 de diciembre. El ZCTU afirmó que llevaría a cabo paros generales a principios de 1999. Se celebró otra reunión con el gobierno.

 

Los servicios de seguridad investigan al ZCTU

Hacia finales de diciembre, la prensa informó que los servicios de seguridad de Zimbabwe habían estado investigando al ZCTU en las últimas semanas debido a la sospecha de que estaba recibiendo fondos del extranjero para cuestionar al presidente Mugabe en las elecciones de 2001.

 

Otro ataque en contra de un dirigente sindical

El 20 de enero de 1999, sólo un año después del ataque en contra de Morgan Tsvangirai, Isidore Zindoga, secretario general adjunto del ZCTU, fue golpeado hasta quedar inconsciente por tres hombres, de los que se cree que uno es policía. El incidente tuvo lugar después de que tres hombres le siguieron por la ciudad de Harare en un coche Datsun azul. Cuando salió para preguntarles lo que hacían, los hombres lo golpearon con una barra de acero hasta dejarlo inconsciente.

 

Falta de definición del papel y estatuto de los sindicatos

La ley de Relaciones Laborales de 1985 dispone el establecimiento de comités de trabajadores en cada lugar de trabajo y la negociación con la dirección de numerosos aspectos a nivel de planta, excepto los salarios. Los comités existen a la par de los sindicatos y son legalmente independientes de ellos.

La enmienda a la ley de Relaciones Laborales de 1992 dispuso la negociación colectiva, pero se disminuyó todavía más el papel y el estatuto de los sindicatos y se hizo hincapié en los comités de trabajadores/as. Se concedió a los Comités de empresa, integrados por los comités de la dirección y los trabajadores, poderes para negociar acuerdos colectivos o códigos de trabajo. Estos pueden pasar por encima de los acuerdos a escala industrial celebrados por los comités laborales, integrados por los sindicatos y los empleadores. El gobierno puede vetar los acuerdos que considere perjudiciales para la economía.

 

Exclusión de miembros sindicales

La ley de 1992 también dispuso una amplia definición del personal directivo, que incluía trabajadores tales como los capataces y supervisores, excluyéndolos de los sindicatos.

 

Leyes para restringir las huelgas

Se precisan procedimientos largos y sumamente engorrosos para que los trabajadores/as puedan hacer huelga, lo que hace que las huelgas legales sean prácticamente imposibles. La ley da una amplia definición de los servicios esenciales en los que están prohibidas las huelgas. El ministro de Trabajo puede designar en cualquier momento que un determinado servicio o profesión es esencial. Casi todas las huelgas son declaradas ilegales.

 

Zonas exentas de reglamentaciones laborales

En una ley de 1994, las zonas francas industriales quedaron exentas de las regulaciones de la legislación laboral. No obstante, la ley dispone que la Autoridad de las zonas francas establezca regulaciones especiales, en colaboración con el Ministerio de Trabajo. Después de las protesta del ZCTU, el gobierno declaró que se establecerían regulaciones para proteger a los trabajadores/as. No se hizo nada.

 

Otras restricciones

La ley laboral prohíbe que las cuotas sindicales se utilicen con fines políticos. El ministro de Trabajo tiene amplios poderes para controlar las finanzas sindicales e incluso puede fijar el monto de las cuotas sindicales.

 

Elevado nivel de trabajadores subcontratados

Hasta dos terceras partes de la mano de obra son trabajadores subcontratados, muchos contratados ilegalmente. Cuando los empleadores se enteraron de los planes gubernamentales de introducir en 1985 una ley que les prohibía despedir a los trabajadores sin la aprobación ministerial, despidieron a su personal permanente y subcontrataron nuevos trabajadores.

 

Nuevo proyecto de ley laboral consolidada

En 1998, la nueva legislación laboral consolidada que se esperaba se aplicaría tanto a los trabajadores del sector privado como público estaba lejos de ser aprobada, a principios de 1999, el gobierno elaboró la quinta versión del proyecto de ley desde 1993.

El nuevo proyecto de ley permitiría a los funcionarios, los docentes y las enfermeras afiliarse a sindicatos, negociar colectivamente y tener derechos de huelga limitados, aunque el proyecto de ley propuso que los miembros del Consejo de Negociación Colectiva serían nombrados por el ministro de Trabajo. Actualmente, estos trabajadores no pueden afiliarse a sindicatos y el gobierno determina sus condiciones de empleo. Se les autoriza a afiliarse a asociaciones que no pueden negociar colectivamente, ni hacer huelga. El organismo que los reúne, la Asociación del Servicio Público, está afiliada al ZCTU.

El proyecto de ley limita la definición del personal directivo. Mantiene la disposición de que el ministro de Trabajo puede negarse a registrar los convenios colectivos sin especificar los motivos. Asimismo, recupera las disposiciones existentes en la ley precedente haciendo las huelgas legales prácticamente imposibles. El ZCTU afirmó que en el nuevo proyecto de ley, el alcance de la conciliación, la mediación y el arbitraje era limitado, y puso en tela de juicio los fines del Consejo Consultivo Laboral propuesto.

En 1996, el ZCTU informó que el principio de deshacerse de los comités de trabajadores/as para sustituirlos por los comités sindicales había sido acordado en discusiones tripartitas y se esperaba que se incorporaran en la nueva legislación laboral consolidada. El ZCTU afirmó que los miembros de los comités también debían ser miembros sindicales activos.

 

 

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